III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Convenios. (BOE-A-2021-9472)
Resolución de 28 de mayo de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Fundación Bancaria Caixa D'èstalvis I Pensions de Barcelona "La Caixa" y la Entidad Estatal de Derecho Público Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo, para la integración sociolaboral, la formación y la promoción de las personas privadas de libertad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 135

Lunes 7 de junio de 2021

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encargados de tratamiento legitimados o cuando se cedan a otras Administraciones
Públicas conforme a lo previsto legalmente.
4. En relación con los datos personales necesarios para el cumplimiento del objeto
del presente convenio, actuarán como responsables del tratamiento la Secretaría
General de Instituciones Penitenciarias, la entidad Trabajo Penitenciario y Formación
para el Empleo y la Fundación «la Caixa». Los datos objeto de tratamiento tendrán por
finalidad la reeducación y reinserción social del penado, al amparo de la Ley
Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, de la Ley Orgánica 1/1979,
de 26 de septiembre, y de su Reglamento de desarrollo.
5. Las partes firmantes están obligadas a implantar medidas técnicas y
organizativas necesarias que garanticen la seguridad e integridad de los datos de
carácter personal y eviten su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado.
6. Las partes firmantes del convenio quedan exoneradas de cualquier
responsabilidad que se pudiera generar por incumplimiento de las obligaciones
anteriores efectuada por cualquiera otra parte. En caso de quebrantamiento de las
obligaciones asumidas, la entidad que los hubiera cometido responderá de las
infracciones en que hubiera incurrido.
Octava. Imagen institucional.
En los elementos o soportes de difusión de las actuaciones incluidas en este
convenio y promovidas conjuntamente por la Secretaría General de Instituciones
Penitenciarias, la entidad Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo y la
Fundación «la Caixa» aparecerá la imagen gráfica de las partes.
Novena.

Mecanismos de control.

Se creará una Comisión de seguimiento que se reunirán periódicamente, al menos
una vez al año y siempre que lo solicite una de las partes. Su funcionamiento se
adecuará a lo previsto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Sus funciones serán las siguientes:
– Conocer, supervisar, coordinar y evaluar las actuaciones que se realicen en
ejecución de este convenio.
– Resolver en primera instancia y por vía de consenso los conflictos que pudieran
surgir entre las partes sobre la aplicación, interpretación, modificación o resolución del
presente convenio.
– Proponer cuantas medidas complementarias se estimen para el cumplimiento de
los fines propuestos.
Estará compuesta por dos miembros designados por la Fundación «la Caixa», dos
miembros designados por la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias y otros
dos por la entidad Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo.
No obstante, se podrán crear comisiones de seguimiento sectoriales que definan y
hagan el seguimiento de los programas de trabajo de cada uno de los programas citados
anteriormente.
Legislación aplicable.

Este convenio queda sometido al régimen jurídico de los convenios, previsto en el
Capítulo VI del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, teniendo naturaleza
administrativa.
Las dudas o controversias que surjan entre las partes sobre los efectos,
interpretación, modificación o resolución del convenio que no puedan resolverse por
conciliación en la Comisión de Seguimiento serán sometidas a los tribunales
competentes de la jurisdicción contencioso-administrativa, de acuerdo con lo previsto en

cve: BOE-A-2021-9472
Verificable en https://www.boe.es

Décima.