III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Encomienda de gestión. (BOE-A-2021-9484)
Resolución de 27 de mayo de 2021, de la Dirección General del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se publica el Encargo a la Sociedad Mercantil Estatal de Gestión Inmobiliaria de Patrimonio, M.P., SA, para la gestión integral del proyecto de rehabilitación de una nave para su adaptación como almacén de colecciones del Museo Nacional del Teatro Almagro.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 135
Lunes 7 de junio de 2021
Sec. III. Pág. 69419
económica mediante Adenda, cuando resulte necesario para la mejor realización de su
objeto, durante su plazo de ejecución y siempre que haya crédito adecuado y suficiente
para financiar dicha ampliación.
Décima.
1.
Confidencialidad y protección de datos.
Confidencialidad.
SEGIPSA se comprometerá a mantener en secreto todos los datos e informaciones
facilitados por la Dirección General del INAEM y que sean concernientes a la prestación
del servicio aquí regulado.
En particular, será considerado como información confidencial todo el «know how» o
saber hacer resultante de la ejecución de los servicios encargados, debiendo SEGIPSA
mantener dicha información en reserva y secreto y no revelarla de ninguna forma, en
todo o en parte, a ninguna persona física o jurídica que no sea parte para la ejecución
del Encargo. En consecuencia, los empleados de SEGIPSA declararán: asumir el
compromiso de confidencialidad, integridad y disponibilidad respecto a la información de
los sistemas de información, el compromiso de no divulgación, no uso indebido y no
destrucción de la información que utilice o a la que tenga acceso, por el desempeño de
sus tareas, los protocolos de seguridad que se desarrollen en el ámbito de los sistemas
de información y cumplir todas las disposiciones relativas a la política de seguridad
respecto a seguridad de la información y tratamiento de datos de carácter personal, así
como la obligación de poner en conocimiento de sus responsables cualquier anomalía
detectada en los sistemas de información.
2.
Protección de datos.
Normativa:
Es de aplicación lo previsto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas
físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de
esos datos (en adelante, RGPD) y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (en adelante,
LOPD), teniendo la Dirección General del INAEM la condición de responsable del
tratamiento y SEGIPSA la de encargado del tratamiento.
Objeto:
Se habilita a SEGIPSA para tratar por cuenta de la Dirección General del INAEM los
datos personales necesarios para la ejecución del encargo.
Obligaciones del responsable:
a) Facilitar por escrito al encargado las instrucciones necesarias para el tratamiento
de los datos personales, y específicamente en lo referente a las medidas técnicas y
organizativas a aplicar y destrucción o devolución de los datos.
b) Dar respuesta al interesado respecto a sus solicitudes de ejercicio de los
derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de los datos, de limitación y
oposición a su tratamiento, así como a no ser objeto de decisiones basadas únicamente
en el tratamiento automatizado de sus datos, cuando procedan. Dichas solicitudes se
ejercitarán a través de la dirección de correo electrónico del responsable.
c) En su caso, notificar las violaciones de seguridad a la Autoridad de Control y al
interesado.
d) Elaborar la evaluación de impacto cuando proceda.
e) Efectuar las consultas a la Autoridad de control, cuando proceda.
cve: BOE-A-2021-9484
Verificable en https://www.boe.es
La Dirección General del INAEM, como responsable del tratamiento, se obliga a:
Núm. 135
Lunes 7 de junio de 2021
Sec. III. Pág. 69419
económica mediante Adenda, cuando resulte necesario para la mejor realización de su
objeto, durante su plazo de ejecución y siempre que haya crédito adecuado y suficiente
para financiar dicha ampliación.
Décima.
1.
Confidencialidad y protección de datos.
Confidencialidad.
SEGIPSA se comprometerá a mantener en secreto todos los datos e informaciones
facilitados por la Dirección General del INAEM y que sean concernientes a la prestación
del servicio aquí regulado.
En particular, será considerado como información confidencial todo el «know how» o
saber hacer resultante de la ejecución de los servicios encargados, debiendo SEGIPSA
mantener dicha información en reserva y secreto y no revelarla de ninguna forma, en
todo o en parte, a ninguna persona física o jurídica que no sea parte para la ejecución
del Encargo. En consecuencia, los empleados de SEGIPSA declararán: asumir el
compromiso de confidencialidad, integridad y disponibilidad respecto a la información de
los sistemas de información, el compromiso de no divulgación, no uso indebido y no
destrucción de la información que utilice o a la que tenga acceso, por el desempeño de
sus tareas, los protocolos de seguridad que se desarrollen en el ámbito de los sistemas
de información y cumplir todas las disposiciones relativas a la política de seguridad
respecto a seguridad de la información y tratamiento de datos de carácter personal, así
como la obligación de poner en conocimiento de sus responsables cualquier anomalía
detectada en los sistemas de información.
2.
Protección de datos.
Normativa:
Es de aplicación lo previsto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas
físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de
esos datos (en adelante, RGPD) y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (en adelante,
LOPD), teniendo la Dirección General del INAEM la condición de responsable del
tratamiento y SEGIPSA la de encargado del tratamiento.
Objeto:
Se habilita a SEGIPSA para tratar por cuenta de la Dirección General del INAEM los
datos personales necesarios para la ejecución del encargo.
Obligaciones del responsable:
a) Facilitar por escrito al encargado las instrucciones necesarias para el tratamiento
de los datos personales, y específicamente en lo referente a las medidas técnicas y
organizativas a aplicar y destrucción o devolución de los datos.
b) Dar respuesta al interesado respecto a sus solicitudes de ejercicio de los
derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de los datos, de limitación y
oposición a su tratamiento, así como a no ser objeto de decisiones basadas únicamente
en el tratamiento automatizado de sus datos, cuando procedan. Dichas solicitudes se
ejercitarán a través de la dirección de correo electrónico del responsable.
c) En su caso, notificar las violaciones de seguridad a la Autoridad de Control y al
interesado.
d) Elaborar la evaluación de impacto cuando proceda.
e) Efectuar las consultas a la Autoridad de control, cuando proceda.
cve: BOE-A-2021-9484
Verificable en https://www.boe.es
La Dirección General del INAEM, como responsable del tratamiento, se obliga a: