III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Convenios. (BOE-A-2021-9482)
Resolución de 27 de mayo de 2021, de la Dirección General de Bellas Artes, por la que se publica el Convenio con la Fundación Museo Sorolla, para la producción y distribución de audioguías y radioguías de grupo para la visita en el Museo Sorolla.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 135

Lunes 7 de junio de 2021

Sec. III. Pág. 69401

– Comunicar con antelación suficiente los cambios que se produzcan en la
exposición permanente del Museo Sorolla.
Tercera. Propiedad intelectual e industrial.
Los derechos de propiedad intelectual sobre los textos, traducciones y los derechos
de propiedad intelectual e industrial sobre las grabaciones de audio serán de titularidad
de la FMS.
Cuarta.

Condiciones generales.

El presente Convenio no supone exclusividad en la prestación del servicio, ni implica
ningún compromiso adicional que los contemplados en el mismo.
El ministerio podrá ofrecer los servicios de audioguías y radioguías de grupo o
cualquier recurso didáctico que considere necesario para facilitar la visita dado el
carácter no exclusivo que conlleva la suscripción del presente Convenio.
Quinta.

Régimen económico.

Las obligaciones previstas en este Convenio no darán lugar a contraprestación
económica alguna entre las partes firmantes.
El presente Convenio no supone para el Ministerio de Cultura y Deporte
compromisos económicos a nivel presupuestario, a los efectos del artículo 49 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Los costes asumidos por FMS no superarán los veinte mil euros (20.000 euros).
El precio de alquiler público será de 2,75 €. Dado el carácter de institución sin ánimo
de lucro de la FMS, en el supuesto de obtenerse beneficios procedentes del alquiler de
las audioguías estos serán reinvertidos en las actividades del museo que las partes
acuerden a futuro en el seno de la Comisión de seguimiento del presente Convenio sin
que ello suponga en ningún caso modificación del Convenio.
El precio de alquiler público de las radioguías de grupo será de 1 € por persona. El
micrófono para el guía se facilitará gratuitamente. En el supuesto de obtenerse
beneficios procedentes del alquiler de las radioguías de grupo estos serán reinvertidos
en las actividades del museo que las partes acuerden a futuro en el seno de la Comisión
de seguimiento del presente Convenio sin que ello suponga en ningún caso modificación
del Convenio.
Seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del Convenio.

Para el seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del presente Convenio se
constituirá una Comisión de seguimiento que estará integrada por un representante de
cada entidad firmante del mismo.
El representante del Ministerio de Cultura y Deporte será la persona titular de la
Dirección del Museo Sorolla.
El representante titular de la FMS será la persona titular de la Presidencia de la
Comisión Permanente de la FMS.
Esta comisión, una vez constituida decidirá su régimen de funcionamiento.
En todo caso, podrá celebrar sus sesiones y adoptar acuerdos tanto de forma
presencial como a distancia, siempre que se aseguren por medios electrónicos la
identidad de sus representantes. A tal efecto se consideran como medios electrónicos
válidos, además de los medios telefónicos, el correo electrónico, las audioconferencias y
las videoconferencias.
Séptima. Vigencia.
1. El presente Convenio se perfecciona con su firma y resultará eficaz una vez
inscrito, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el Registro

cve: BOE-A-2021-9482
Verificable en https://www.boe.es

Sexta.