III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Comunidad Autónoma de Galicia. Convenio. (BOE-A-2021-9486)
Resolución de 26 de mayo de 2021, del Instituto de Salud Carlos III, O.A.,M.P., por la que se publica el Convenio con la Universidad de Santiago de Compostela, para la realización de prácticas académicas externas o la realización del trabajo de fin de grado o máster.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 135

Lunes 7 de junio de 2021

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incorporación y finalización de la práctica, entidad donde se realizará la práctica, el
calendario y el horario, así como el nombre del tutor académico y del tutor del ISCIII.
Además, el anexo del estudiante deberá incorporar el proyecto formativo en el que se
harán constar los objetivos educativos y las competencias que debe adquirir el
estudiante, así como las actividades formativas que desarrollará. El órgano responsable
de la titulación resolverá cuantas dudas pudieran surgir durante el desarrollo de las
prácticas o del TFG/TFM.
2. Designar un tutor académico que velará por el normal desarrollo del proyecto
formativo, colaborará con el tutor del ISCIII en todos aquellos aspectos que afecten al
mismo, así como aquellas funciones que reglamentariamente se establezcan.
3. Podrá proponer que los tutores de prácticas designados por el ISCIII, reciban el
nombramiento honorífico de «colaborador en prácticas externas», de acuerdo con las
condiciones establecidas por la universidad. Los trámites necesarios para la obtención
del reconocimiento, serán realizados por el responsable de la universidad que elevará al
órgano competente la propuesta del nombramiento.
Cuarta.

Corresponde al ISCIII.

1. En tanto que colabora en un programa de formación universitaria, facilitar al
estudiante la realización de sus exámenes.
2. Nombrar a un tutor que se responsabilizará de la formación de cada estudiante y
de la valoración de su estancia, facilitando al responsable o tutor académico de prácticas
de la universidad el informe de aprovechamiento de las prácticas a su finalización, en el
que constará el tiempo de prácticas realizado, horas totales y su contenido.
3. En el caso de las estancias para el desarrollo del TFG/TFM, el estudiante deberá
contar con un responsable o tutor en el ISCIII que actuará de forma colegiada con su
tutor en la universidad, siempre con la aprobación de la comisión del grado o de la
coordinación del máster correspondiente y de acuerdo a la normativa general
del TFG/TFM y a la normativa específica aprobada para su titulación. Asimismo, se
encargará de emitir un informe razonado que dará por finalizado el TFG/TFM y que
remitirá a la comisión del grado o coordinación del máster.
4. Poner a disposición de la realización de las prácticas los medios materiales y
servicios disponibles que permiten garantizar el desarrollo de las actividades formativas
planificadas, observando los criterios de accesibilidad universal y diseño para todos,
según lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que
se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con
discapacidad y de su inclusión social.
5. Observará y hará observar las medidas de seguridad e higiene establecidas en
el centro de trabajo asignado, e informará, formará y hará cumplir y respetar al alumnado
dichas medidas.
Quinta.

Financiación.

De este convenio no se derivan derechos u obligaciones de contenido económico
para las partes.
Mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio.

Ambas partes acuerdan crear una comisión mixta, paritaria, que se constituirá en el
plazo máximo de un mes a contar desde la fecha en que el convenio devenga eficaz.
Por parte del ISCIII serán miembros de dicha comisión:
– La directora del ISCIII o persona en quien delegue.
– El subdirector general de Servicios Aplicados, formación e Investigación o persona
en quien delegue.

cve: BOE-A-2021-9486
Verificable en https://www.boe.es

Sexta.