II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y FUNCIÓN PÚBLICA. Funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional. (BOE-A-2021-9356)
Resolución de 28 de mayo de 2021, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se publican las bases de concurso ordinario y convocatorias específicas para la provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 134
Sábado 5 de junio de 2021
B)
Sec. II.B. Pág. 68875
Publicaciones de manuales o artículos (hasta un máximo de 0,30 puntos):
El contenido de los manuales o artículos versarán sobre materias relacionadas con el
personal, empleo público y gestión de recursos humanos, contratación pública, gestión
de servicios públicos, gestión económico-financiera, contabilidad, organización y
funcionamiento de las entidades locales y administración electrónica. Se valorarán solo
los manuales y/o artículos aparecidos en publicaciones con ISBN o ISSN. Las citadas
publicaciones serán valoradas a razón de 0,30 puntos por cada manual o artículo. Se
considera necesario valorar positivamente las publicaciones relacionadas con las
materias enumeradas anteriormente, directamente relacionadas con las características y
funciones correspondientes al puesto de trabajo de Secretaría-Intervención, que implican
el estudio en profundidad, la especialización y la excelencia en las materias
anteriormente enumeradas; que al referirse a las propias de la actividad municipal,
implican la adquisición de unos conocimientos que resultarán positivos para la eficacia y
eficiencia municipales.
C)
Actividad docente (hasta un máximo de 0,20 puntos):
Actividades de dirección, tutorización y/o impartición en acciones formativas
(excluyendo congresos, conferencias, jornadas y simposios, encuentros o similares) que
versen sobre materias relacionadas con el personal, empleo público y gestión de
recursos humanos, contratación pública, gestión de servicios públicos, gestión
económico-financiera, contabilidad, organización y funcionamiento de las entidades
locales y administración electrónica.
Solo será valorada la actividad docente en acciones formativas homologadas o
reconocidas por el INAP o EGAP, a razón de 0,20 puntos por acción formativa impartida,
dirigida o tutorizada.
Se acreditará mediante certificado emitido por el organismo competente.
La valoración de este mérito está vinculada directamente a las funciones del puesto,
ya que la actividad docente implica el estudio en profundidad, la especialización y la
excelencia en las materias que se imparten; que, al referirse a las propias de la actividad
municipal, implican la adquisición de unos conocimientos que resultarán positivos para la
eficacia y eficiencia municipales.
En ningún caso se valorarán los méritos que no estén debidamente justificados en el
momento de finalizar el plazo de presentación de instancias. Tampoco serán tenidos en
cuenta aquellos méritos que se basen exclusivamente en afirmaciones vertidas por el
solicitante en su instancia o en las aclaraciones que ofrezca, en caso de ser solicitadas
posteriormente por el tribunal, ni los que se justifiquen por copias simples.
D)
Entrevista personal. No se prevé la realización de entrevista personal.
* Méritos de valoración autonómica:
La valoración de los méritos autonómicos se efectuará de conformidad con lo
dispuesto en el Decreto 49/2009, de 26 de febrero.
La valoración de los méritos generales se efectuará de conformidad con lo dispuesto
en la normativa estatal reguladora.
* Conocimiento de la lengua gallega:
De acuerdo con lo establecido en el Decreto 103/2008, de 8 de mayo, se exige como
requisito el conocimiento de la lengua gallega, que se acreditará mediante la
presentación con la solicitud de participación en el concurso o de la petición de cobertura
del puesto, de la documentación justificativa de estar en posesión del certificado de la
lengua gallega (Celga 4) o de su equivalente.
cve: BOE-A-2021-9356
Verificable en https://www.boe.es
* Méritos generales:
Núm. 134
Sábado 5 de junio de 2021
B)
Sec. II.B. Pág. 68875
Publicaciones de manuales o artículos (hasta un máximo de 0,30 puntos):
El contenido de los manuales o artículos versarán sobre materias relacionadas con el
personal, empleo público y gestión de recursos humanos, contratación pública, gestión
de servicios públicos, gestión económico-financiera, contabilidad, organización y
funcionamiento de las entidades locales y administración electrónica. Se valorarán solo
los manuales y/o artículos aparecidos en publicaciones con ISBN o ISSN. Las citadas
publicaciones serán valoradas a razón de 0,30 puntos por cada manual o artículo. Se
considera necesario valorar positivamente las publicaciones relacionadas con las
materias enumeradas anteriormente, directamente relacionadas con las características y
funciones correspondientes al puesto de trabajo de Secretaría-Intervención, que implican
el estudio en profundidad, la especialización y la excelencia en las materias
anteriormente enumeradas; que al referirse a las propias de la actividad municipal,
implican la adquisición de unos conocimientos que resultarán positivos para la eficacia y
eficiencia municipales.
C)
Actividad docente (hasta un máximo de 0,20 puntos):
Actividades de dirección, tutorización y/o impartición en acciones formativas
(excluyendo congresos, conferencias, jornadas y simposios, encuentros o similares) que
versen sobre materias relacionadas con el personal, empleo público y gestión de
recursos humanos, contratación pública, gestión de servicios públicos, gestión
económico-financiera, contabilidad, organización y funcionamiento de las entidades
locales y administración electrónica.
Solo será valorada la actividad docente en acciones formativas homologadas o
reconocidas por el INAP o EGAP, a razón de 0,20 puntos por acción formativa impartida,
dirigida o tutorizada.
Se acreditará mediante certificado emitido por el organismo competente.
La valoración de este mérito está vinculada directamente a las funciones del puesto,
ya que la actividad docente implica el estudio en profundidad, la especialización y la
excelencia en las materias que se imparten; que, al referirse a las propias de la actividad
municipal, implican la adquisición de unos conocimientos que resultarán positivos para la
eficacia y eficiencia municipales.
En ningún caso se valorarán los méritos que no estén debidamente justificados en el
momento de finalizar el plazo de presentación de instancias. Tampoco serán tenidos en
cuenta aquellos méritos que se basen exclusivamente en afirmaciones vertidas por el
solicitante en su instancia o en las aclaraciones que ofrezca, en caso de ser solicitadas
posteriormente por el tribunal, ni los que se justifiquen por copias simples.
D)
Entrevista personal. No se prevé la realización de entrevista personal.
* Méritos de valoración autonómica:
La valoración de los méritos autonómicos se efectuará de conformidad con lo
dispuesto en el Decreto 49/2009, de 26 de febrero.
La valoración de los méritos generales se efectuará de conformidad con lo dispuesto
en la normativa estatal reguladora.
* Conocimiento de la lengua gallega:
De acuerdo con lo establecido en el Decreto 103/2008, de 8 de mayo, se exige como
requisito el conocimiento de la lengua gallega, que se acreditará mediante la
presentación con la solicitud de participación en el concurso o de la petición de cobertura
del puesto, de la documentación justificativa de estar en posesión del certificado de la
lengua gallega (Celga 4) o de su equivalente.
cve: BOE-A-2021-9356
Verificable en https://www.boe.es
* Méritos generales: