II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y FUNCIÓN PÚBLICA. Funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional. (BOE-A-2021-9356)
Resolución de 28 de mayo de 2021, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se publican las bases de concurso ordinario y convocatorias específicas para la provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 134

Sábado 5 de junio de 2021

Sec. II.B. Pág. 68811

firmará electrónicamente directamente a través del formulario disponible en la sede
electrónica a través del enlace recogido en el punto 2.
4. Los requisitos exigidos así como los méritos alegados, deberán reunirse a la
fecha de la presente Resolución.
Cuarta. Méritos generales.
Los méritos generales por los que se rige este concurso son los comprendidos en la
Resolución de esta misma fecha de esta Dirección General, por la que se da publicidad a
la relación individualizada de méritos generales de los funcionarios de Administración
Local con habilitación de carácter nacional y su puntuación alcanzará hasta el 80 por
ciento del total posible conforme al baremo correspondiente (24 puntos).
Quinta.

Conocimiento de la lengua propia y méritos de determinación autonómica.

La puntuación de los méritos correspondientes a las especialidades de la Comunidad
Autónoma se fija por cada una de ellas y pudiendo alcanzar hasta un 15 % del total
posible (4,5 puntos).
Los puestos de trabajo situados en las Comunidades Autónomas que se especifican
en la base tercera, incluyen baremos de méritos de determinación autonómica y, en su
caso, prescripciones sobre el conocimiento de la lengua propia, en los términos, que en
extracto, se reproducen a continuación:
A. Comunidad Autónoma de Andalucía. (Decreto 64/2020, de 5 de mayo, por el que
se regulan los méritos correspondientes al conocimiento de las especialidades de la
organización territorial y de la normativa de la Comunidad Autónoma de Andalucía).
Artículo 3.

Méritos autonómicos.

a) Experiencia profesional. Se valorará el desempeño de puestos de trabajo, como
personal funcionario de carrera o interino, en las entidades locales del territorio de
Andalucía o en la Administración de la Junta de Andalucía, con exclusión de los que
formen parte del que forme parte del procedimiento selectivo para el acceso a la función
pública, que comporten el conocimiento de las especialidades de la organización
territorial y de la normativa de la Comunidad Autónoma de Andalucía. A los efectos de la
valoración de esta experiencia, se incluirá la desarrollada en las entidades
instrumentales de las referidas Administraciones Públicas.
b) Actividades formativas. Se valorará la asistencia y, en su caso, aprovechamiento
de las actividades formativas o divulgativas que, teniendo por objeto las especialidades
de la organización territorial y de la normativa de la Comunidad Autónoma de Andalucía,
estén directamente relacionadas con las funciones reservadas al puesto de trabajo que
se convoca organizadas u homologadas por el Instituto Andaluz de Administración
Pública o por el Instituto Nacional de Administración Pública, así como las titulaciones de
Máster Oficial que reúnan las citadas condiciones, con exclusión de las que formen parte
del procedimiento selectivo para el acceso a la función pública.
c) Actividad docente. Se considerará como mérito el ejercicio de funciones
docentes o como ponente en las actividades a las que se refiere el párrafo b), incluidas
las que se impartan en los procedimientos selectivos para el acceso a la función pública.
d) Publicaciones. Se valorarán las relativas a las especialidades de la organización
territorial y de la normativa de la Comunidad Autónoma de Andalucía, con exclusión de
las realizadas por el propio autor.
e) Desempeño ininterrumpido del puesto o puestos de trabajo en las
Administraciones Públicas andaluzas. Se valorará la permanencia ininterrumpida en el
desempeño del mismo puesto de trabajo en las Administraciones Públicas andaluzas,

cve: BOE-A-2021-9356
Verificable en https://www.boe.es

Los méritos relacionados con el conocimiento de la organización territorial y
normativa autonómica de Andalucía son los siguientes: