II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2021-9312)
Resolución de 28 de mayo de 2021, de la Universidad de Málaga, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 133

Viernes 4 de junio de 2021

Sec. II.B. Pág. 68313

c) Acta de celebración de las pruebas.
d) Acta de votación que incluirá los votos y los informes razonados de cada
miembro de la Comisión de Selección.
e) Propuesta de adjudicación de la plaza a favor del concursante que haya obtenido
mayor número de votos favorables.
11.2 El Secretario o Secretaria de la Comisión de Selección depositará, en el plazo
máximo de siete días hábiles, en la secretaría del departamento al que estén adscritas
las plazas, la documentación entregada por los aspirantes en el acto de presentación.
11.3 El Rector ejecutará en sus propios términos la propuesta de adjudicación de
las plazas adoptada por la Comisión de Selección, para lo cual dictará las resoluciones
oportunas que permitan el nombramiento del concursante seleccionado.
12.

Reclamación contra la propuesta de resolución

12.1 Los concursantes podrán presentar reclamación ante el Rector contra la
propuesta de provisión de la plaza realizada por la comisión, en el plazo máximo de diez
días hábiles, contados a partir del siguiente a su publicación en el tablón de anuncios del
Pabellón de Gobierno de la Universidad de Málaga.
Admitida a trámite la reclamación se suspenderán los nombramientos hasta la
resolución definitiva.
12.2 La reclamación será examinada por la Comisión de Reclamaciones mediante
el procedimiento previsto en el artículo 13 del Reglamento que regula el procedimiento
de los concursos de acceso a Cuerpos de Funcionarios Docentes Universitarios de
la UMA.
Transcurridos tres meses, sin que la Comisión de Reclamaciones se haya
pronunciado al efecto, se entenderá desestimada tal reclamación.
13.

Presentación de documentos y nombramientos

13.1 Los candidatos propuestos para la provisión de las plazas deberán presentar
en el Servicio de Personal Docente e Investigador de la Universidad, en el plazo de
veinte días hábiles siguientes al de la publicación de la propuesta de provisión, por
cualquiera de los medios señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los
siguientes documentos:

Los que tuvieran la condición de funcionarios públicos de carrera en activo estarán
exentos de presentar los documentos reseñados, debiendo presentar, en caso de no ser
funcionarios de la Universidad de Málaga, certificación expedida por el Ministerio u
Organismo del que dependan, acreditativa de su condición de funcionarios y cuantas
circunstancias consten en su Hoja de Servicios.
Los aspirantes que se encuentren prestando servicios en la Universidad de Málaga,
estarán exentos de justificar estos requisitos.

cve: BOE-A-2021-9312
Verificable en https://www.boe.es

a) Certificación médica oficial de poseer la capacidad funcional para el desempeño
de las funciones correspondientes a Profesor de Universidad.
b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado de la Administración
del Estado, Institucional o Local ni de las Administraciones de las Comunidades
Autónomas, en virtud de expediente disciplinario y no hallarse inhabilitado para el
ejercicio de la función pública. Aquellos que no posean la nacionalidad española deberán
acreditar no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impidan, en su
Estado, el acceso a la función pública mediante certificación expedida por las
autoridades competentes de su país de origen.