II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2021-9310)
Resolución de 27 de mayo de 2021, de la Universidad de Zaragoza, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 133

Viernes 4 de junio de 2021

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publicará en el e-TOUZ una vez concluido el proceso de selección y antes de elevar al
Rector la propuesta de provisión.
5.2.3 Entre la finalización de la primera prueba y el inicio de la segunda deberá
transcurrir un mínimo de 72 horas, salvo renuncia expresa y por escrito de todos los
participantes en el concurso.
6.

Propuesta de provisión

6.1 La comisión encargada de juzgar el concurso de acceso propondrá al rector,
motivadamente y con carácter vinculante, una relación de todos los candidatos por orden
de preferencia para su nombramiento y sin que se pueda exceder en la propuesta el
número de plazas o dotaciones convocadas a concurso. La comisión podrá proponer de
manera motivada la no provisión de las plazas convocadas.
La anterior propuesta se publicará en el e-TOUZ en un plazo máximo de dos días
después de concluir las pruebas.
6.2 Finalizadas las actuaciones de la comisión de acceso, su secretario entregará
en el Servicio de Personal Docente e Investigador (Sección de Oposiciones, Concursos y
Reclamaciones de PDI) los documentos originales relativos a las actuaciones de la
comisión.
Simultáneamente, el secretario de la comisión de acceso entregará una copia de
dichos documentos y toda la documentación aportada por los candidatos al secretario
del centro en el que esté ubicada la sede del departamento al que esté adscrita la plaza.
Una vez finalizado con carácter firme el procedimiento del concurso, la documentación
podrá ser devuelta a los candidatos si así lo solicitan. En todo caso, si transcurridos tres
meses desde que el procedimiento devenga firme sin que los interesados hayan
solicitado la devolución de la documentación, se procederá a su destrucción, previa
notificación al interesado.
7. Adaptaciones necesarias en caso de restricciones por razones sanitarias
Las bases de la presente convocatoria deben adaptarse necesariamente a las
exigencias de los protocolos de prevención establecidos a raíz de la crisis sanitaria
derivada del COVID-19. En particular, en el desarrollo del procedimiento deberán
seguirse las resoluciones e instrucciones dictadas a tal efecto por el Rector o persona en
quien delegue, que, en su caso, fijarán la adaptación del procedimiento a fórmulas de
distanciamiento y no presencialidad.
8.

Reclamaciones contra la propuesta de la comisión de acceso

Contra la propuesta de nombramiento realizada por la comisión de acceso, los
concursantes podrán presentar reclamación ante el rector en el plazo máximo de diez
días hábiles, contados desde el día siguiente al de su publicación en el e-TOUZ.
La reclamación se presentará a través del registro electrónico de la Universidad y
deberá contener toda la información exigida en el artículo 66.1 de la L39/15 y, de manera
especial y con toda claridad, los hechos, razones y petición en que se concrete la
reclamación. A tal fin, los aspirantes tendrán acceso al expediente del concurso en la
sede del departamento al que corresponda la plaza durante todo el plazo de
reclamaciones en horario, al menos, de 9 a 14 horas, de lunes a viernes.
Quienes accedan al expediente y consulten datos de otros aspirantes están
sometidos al deber de confidencialidad por lo que deberán guardar reserva de los
mismos y solo podrán hacer uso de tales datos a los efectos de argumentar o plantear
tanto la reclamación como las alegaciones a que hubiere lugar, en su caso.

cve: BOE-A-2021-9310
Verificable en https://www.boe.es

8.1 Plazo, acceso al expediente, órgano competente, escrito de reclamación y
alegaciones de los interesados: