III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Convenios. (BOE-A-2021-9342)
Resolución de 27 de mayo de 2021, del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, por la que se publica el Convenio con la sociedad Festival Internacional de Cine de Donostia-San Sebastián, SA, para la publicación conjunta del libro "Flores en el infierno. La edad de oro del cine coreano".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 133

Viernes 4 de junio de 2021

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corrección de pruebas, de la elaboración de índices, de la adquisición de material
gráfico, de la fotocomposición, de la maquetación, impresión y encuadernación, así como
de cualquier otro gasto que pudiera derivarse de la edición de la obra, cuyo presupuesto
asciende a veintiocho mil euros (28.000,00 €).
En el caso del ICAA la aportación económica máxima será de catorce mil euros
(14.000 €), que se imputarán a la aplicación 24.103.335C.240 de su presupuesto de
gastos para el año en curso. El gasto, se realizará a través de medios públicos, por los
procedimientos previstos en la normativa vigente.
La cantidad restante, hasta veintiocho mil euros (28.000,00 €) será aportada por el
Festival.
Si el coste final resultara ser inferior, la aportación del ICAA se reajustará en la
proporción correspondiente.
Cuarta. Distribución y venta de ejemplares.
El precio de venta al público del libro lo establecerán de común acuerdo las partes a
la vista de los costes finales. El Festival hará una entrega efectiva al ICAA de 600
ejemplares. Los restantes 100 ejemplares que corresponden al Instituto quedarán
depositados en la sede del Festival para su distribución gratuita durante la celebración
de la edición del año 2021 como cortesía del ICAA a los medios y profesionales
acreditados.
Quinta.

Copyright.

El copyright de la edición española del libro será conjunto para el ICAA y el Festival.
Los materiales utilizados para la edición quedarán en propiedad del ICAA. Para cualquier
reedición de dicho libro deberá haber acuerdo entre ambas partes.
Sexta. Constancia de la colaboración.
En todos los lugares que proceda del libro aparecerán siempre conjuntamente el
Ministerio de Cultura y Deporte/Instituto de la Cinematografía y de las Artes
Audiovisuales y el Festival Internacional de Cine de San Sebastián.
Séptima.

Comisión de seguimiento.

Con el fin de facilitar el seguimiento, la vigilancia y el control de la ejecución del
convenio y de los compromisos adquiridos, así como de llevar a cabo las actuaciones
comunes que correspondan, se constituye una comisión compuesta por una persona
representante de cada una de las partes firmantes. Por el ICAA, la responsable del
Departamento de Publicaciones de la Filmoteca Española. Por el Festival, el responsable
de la publicación objeto de este convenio.
La comisión resolverá los eventuales problemas de interpretación y ejecución que
pudieran derivarse. Los miembros de la comisión se reunirán siempre que se considere
necesario y a instancia de cualquiera de sus componentes.
Eficacia, vigencia y publicidad.

1. El convenio, que se perfecciona por su firma, producirá efectos a partir de su
inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación
del sector público estatal, que se efectuará en el plazo de 5 días hábiles desde su
formalización.
2. Mantendrá su vigencia hasta el 1 de enero de 2022 y podrá prorrogarse por
voluntad unánime y expresa de las partes por un periodo máximo de dos años, siguiendo
los mismos trámites de autorización y publicidad que los establecidos para el convenio
original.

cve: BOE-A-2021-9342
Verificable en https://www.boe.es

Octava.