III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Subvenciones. (BOE-A-2021-9341)
Orden TED/550/2021, de 1 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones de la Fundación Biodiversidad, FSP, en régimen de concurrencia competitiva, cofinanciadas por Fondos Estructurales y de Inversión Europeos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 4 de junio de 2021

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Del mismo modo que en el Fondo Social Europeo, en virtud del artículo 5 del
Reglamento UE 1303/2013 de Disposiciones Comunes, sobre el principio de asociación
y gobernanza a varios niveles, desde España se desarrolló un proceso participativo para
la elaboración del Programa Operativo del FEMP 2014-2020, con el apoyo y la
colaboración de diferentes organismos de la Administración General del Estado y de
autoridades de las comunidades autónomas y locales. Este Programa Operativo fue
aprobado por la Comisión Europea el 13 de noviembre de 2015.
La Fundación Biodiversidad actúa como organismo intermedio de gestión del FEMP
por designación de la Dirección General de Ordenación Pesquera y Acuicultura,
Autoridad de Gestión del Programa Operativo (POFEMP), desde el 29 de noviembre
de 2016.
La Fundación Biodiversidad ejerce su actividad como organismo intermedio a través
de sus correspondientes programas operativos, el Programa pleamar y el Programa
empleaverde respectivamente, distribuidos regionalmente de acuerdo a los distintos
objetivos prioritarios perseguidos. Mediante el Programa pleamar se contribuye a la
protección y recuperación de la biodiversidad marina, la práctica de actividades
pesqueras y acuícolas más sostenibles y al refuerzo de la gestión de las áreas marinas
protegidas, mientras que el Programa empleaverde es una iniciativa para el impulso y la
mejora del empleo, el emprendimiento y la sostenibilidad, en línea con la Estrategia
Europa 2020 de la Unión Europea para el crecimiento y el empleo, que reconoce la
importancia de la transición hacia una economía verde y eficiente en el uso de los
recursos para lograr un crecimiento inteligente, sostenible e integrador.
Como organismo intermedio la Fundación Biodiversidad será responsable de
certificar al FSE y FEMP, o al instrumento de la Unión Europea que corresponda, los
proyectos a cofinanciar, determinando el gasto subvencionable de los mismos. Le
corresponde asimismo examinar las justificaciones de gasto remitidas por los
beneficiarios y realizar las verificaciones necesarias que permitan certificar dichos gastos
a la Autoridad de Gestión correspondiente en cada caso, o del instrumento de la Unión
Europea que proceda.
La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en su disposición
adicional decimosexta, modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, establece que la aprobación de las bases reguladoras
corresponde al órgano de la Administración que financie en mayor proporción la
subvención correspondiente, siendo en este caso el Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico, en cuyos presupuestos figuran las partidas que financian
a la Fundación para la financiación de actividades relacionadas con sus objetivos
estatutarios. Cabe destacar entre estos objetivos el de fomentar el empleo verde y la
consideración de la biodiversidad y el patrimonio natural en las actividades económicas.
La disposición adicional decimosexta de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
establece que las fundaciones del sector público únicamente podrán conceder
subvenciones cuando así se autorice a la correspondiente fundación de forma expresa
mediante acuerdo del Ministerio de adscripción u órgano equivalente de la
Administración a la que la fundación esté adscrita.
En consonancia con lo anterior, con fecha 11 de febrero de 2021 se publicó en
el «Boletín Oficial del Estado» la Orden TED/112/2021, de 25 de enero, por la que se
autoriza a la Fundación Biodiversidad, FSP, a conceder subvenciones.
En aplicación de lo establecido en esta regulación y con carácter previo a su
aprobación, el Patronato de la Fundación Biodiversidad, en su reunión de 23 de julio
de 2020, ha aprobado la propuesta de bases reguladoras de la concesión de
subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, cofinanciadas por Fondos
Estructurales y de Inversión Europeos.
En lo que se refiere al FEMP, la gestión de estas ayudas se llevará a cabo por la
Fundación Biodiversidad como vehículo para cumplir los fines del Ministerio para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico que cuenta, como integrante de la
Administración General del Estado, con competencias exclusivas en materia de fomento

cve: BOE-A-2021-9341
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Núm. 133