I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LAS ILLES BALEARS. Medidas extraordinarias. (BOE-A-2021-9286)
Decreto-ley 3/2021, de 12 de abril, de medidas extraordinarias y urgentes para ejecutar las actuaciones y los proyectos que deben financiarse con fondos europeos en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 133

Viernes 4 de junio de 2021

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I. DISPOSICIONES GENERALES

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LAS ILLES BALEARS
9286

Decreto-ley 3/2021, de 12 de abril, de medidas extraordinarias y urgentes
para ejecutar las actuaciones y los proyectos que deben financiarse con
fondos europeos en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia.
I

1.º El Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MMR), destinado a apoyar los
esfuerzos de los estados miembros para recuperarse, a reparar los daños y a salir
reforzados de la crisis, con un ámbito de aplicación estructurado alrededor de seis
grandes bloques de actuaciones: a) la transición ecológica; b) la transformación digital; c)
el crecimiento inteligente, sostenible e integrador, que incluye la cohesión económica, la
ocupación, la productividad, la competitividad, la búsqueda, el desarrollo y la innovación,
y un mercado interior que funcione correctamente con pequeñas y medianas empresas
sólidas; d) la cohesión social y territorial; e) la salud y la resiliencia económica, social e
institucional, con el objeto, entre otros, de aumentar la preparación y la capacidad de
reacción ante las crisis, y f) las políticas para la próxima generación, la infancia y la
juventud, como por ejemplo la educación y el desarrollo de capacidades.
2.º La Ayuda a la Recuperación para la Cohesión y los Territorios de Europa
(REACT-EU), que se canaliza mediante los fondos FEDER, FSE y FEAD, y que pretende
una recuperación ecológica, digital y resiliente.
3.º El reforzamiento de proyectos clave de la Unión Europea para extraer las
enseñanzas de la crisis, fortalecer el mercado único y acelerar la doble transición digital
y ecológica.
De acuerdo con esto, cada estado miembro debe elaborar un proyecto de país. En el
Estado español, este proyecto es el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia,
al que se refiere el Real Decreto Ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se

cve: BOE-A-2021-9286
Verificable en https://www.boe.es

La expansión de la pandemia de la COVID-19 en todo el mundo ha provocado unas
consecuencias asoladoras en la salud de las personas, pero, desgraciadamente, no solo
en la salud, sino que sus efectos han afectado gravemente al tejido social y económico.
Para afrontar la crisis sanitaria se han adoptado toda una serie de medidas
excepcionales dirigidas a reducir suficientemente el impacto y controlar la expansión de
la pandemia y, también, a paliar y revertir sus efectos negativos en el ámbito social y
económico. En este sentido, la Unión Europea ha apostado por una recuperación firme y
decidida de la economía y de la sociedad con la finalidad no solo de reparar los daños,
sino también de salir reforzados de la crisis.
Esta apuesta de la Unión Europea se ha traducido en un paquete de medidas para
impulsar la convergencia, la resiliencia y la transformación de la Unión Europea que
parten de las primeras conclusiones adoptadas por el Consejo Europeo en reunión
extraordinaria celebrada entre los días 17 y 21 de julio de 2020; conclusiones estas que
se complementaron posteriormente en la reunión de 11 de diciembre de 2020. Estas
medidas, que han culminado con la aprobación a lo largo del mes de diciembre de 2020
de la mayoría de los reglamentos correspondientes y también del presupuesto de la
Unión Europea, se articulan fundamentalmente mediante dos vías: el Instrumento
Europeo de Recuperación, también llamado Next Generation EU, con una dotación
de 750.000 millones de euros, y el marco financiero plurianual (MFP) para los
ejercicios 2021-2027. El Instrumento Europeo de Recuperación se fundamenta a su vez
en tres pilares: