V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA. (BOE-B-2021-27922)
Resolución de la Delegación del Gobierno en Huelva sobre la Declaración de Utilidad Pública en concreto del proyecto de instalaciones e infraestructuras de la subestación eléctrica elevadora del Parque Eólico "El Almendro".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 3 de junio de 2021

Sec. V-B. Pág. 36458

Tendido y conexión del conductor de la nueva línea de Alta Tensión desde el
pórtico de salida de la subestación Eléctrica Elevadora del Parque Eólico "El
Almendro" hasta el apoyo intermedio.
Modificación del Apoyo n.º 65 bis de la línea de Alta Tensión AT 66KV ST
Lirios-Pto. B Zede Huelva y conexión de la nueva Línea de Alta Tensión
procedente del apoyo intermedio y el pórtico de salida de la Subestación Eléctrica
Elevadora del Parque Eólico "El Almendro".
Cuarto.-De acuerdo con lo establecido en el Título VII del Real Decreto 1955/
2000, de 1 de diciembre, porel que se regulan las actividades de transporte,
distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica, se sometió el expediente a información pública,
insertándose anuncio, respectivamente, en el Boletín Oficial del Estado n.º 18, de
21 de enero de 2021, Boletín Oficial de la Provincia de Huelva n.º 23 de 4 de
febrero de 2021, Boletín Oficial de la Junta de Andalucía n.º 17, de fecha 27 de
enero de 2021 y en el Diario Huelva Información de Huelva de fecha 20 de enero
de 2021. Del mismo modo, se publicó en el tablón de anuncios del Ayuntamiento
de El Almendro estando expuesto desde el día 16 de abril de 2021 al día 14 de
mayo de 2021 y ha sido notificado a todos los interesados afectados.
Quinto.-Durante el periodo de información pública, la entidad Fotovoltaica
Guzmán II, S.L., en fecha 29 de enero de 2021 formula alegaciones en las que
pone de manifiesto la caducidad del punto de acceso y conexión del Parque Eólico
"El Almendro" a la red de transporte en el nudo SET Puebla de Guzmán 220 KV, al
no disponer antes de cinco años desde la concesión del punto de acceso y
conexión de la pertinente autorización administrativa de explotación, como se
indica en la normativa vigente, solicitando, además que se paralice cualquier
tramitación referente al proyecto P.E. El Almendro, así como cualquier solicitud de
utilidad pública.
Habiendo dado traslado de dichas alegaciones al peticionario, con fecha 6 de
mayo de 2021 se recibe en esta Delegación escrito de contestación a las mismas
poniendo de manifiesto que con esa misma fecha en el Portal de Gestión de
Acceso a la Red, Red Eléctrica de España acredita que Parque Eólico "El
Almendro" ha cumplido los hitos administrativos 1.º, 2.º, 3.º y 4.º del artículo 1.1 del
Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, manteniendo vigente el punto de acceso
y conexión de dicho Parque. Asimismo, manifiesta que P.E. El Almendro, al estar
concedido el punto de acceso y conexión con posterioridad a la entrada en vigor
de la Ley 24/2013, del Sector Eléctrico y de acuerdo con lo establecido en el Real
Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, dispone para la autorización administrativa de
explotación definitiva hasta el 25 de junio de 2025.
Por tanto se desestima la alegación formulada por la entidad Fotovoltaica
Guzmán II, S.L.
Sexto.-Con fecha 18 de mayo de 2021, la Secretaría General Provincial de la
Consejería de Hacienda y Financiación Europea informa favorablemente la
declaración en concreto de la utilidad pública del expediente.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.-Esta Delegación es competente para resolver el presente expediente
de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley Orgánica 2/2007, de 19

cve: BOE-B-2021-27922
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Núm. 132