III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Convenios. (BOE-A-2021-9258)
Resolución 420/38200/2021, de 27 de mayo, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Asociación de Periodistas Europeos, para la realización de la XXXIII edición del Seminario Internacional sobre Seguridad y Defensa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 132

Jueves 3 de junio de 2021

Sec. III. Pág. 68051

Dicha certificación junto con el expediente del gasto será remitido a la Intervención
Delegada en la Subsecretaría de Defensa para recabar la fiscalización previa del
reconocimiento de la obligación.
Prohibición de pagos anticipados:
El artículo 21.3 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria,
señala que «en el ámbito de la Hacienda Pública estatal, no podrá efectuarse el
desembolso anticipado de las aportaciones comprometidas en virtud de convenios de
colaboración y encomiendas de gestión con carácter previo a la ejecución y justificación
de las prestaciones previstas en los mismos, sin perjuicio de lo que puedan establecer
las disposiciones especiales con rango de Ley que puedan resultar aplicables en cada
caso».
Incumplimiento de las normas de justificación del gasto:
En el caso de que por parte de la Asociación de Periodistas Europeos no se
justificase debidamente el gasto de la totalidad de la cantidad establecida en la cláusula
tercera, únicamente se le transferirá la cantidad debidamente justificada.
Quinta.

Medidas de control y seguimiento.

Se creará una Comisión Mixta de Seguimiento, formada por dos representantes
del Ministerio de Defensa y otros dos representantes de la Asociación de Periodistas
Europeos, con el objeto de supervisar, coordinar y controlar la ejecución de las
actividades previstas en este convenio. La Comisión se reunirá cuantas veces sea
necesario y, al menos, una vez durante el periodo de vigencia el convenio. Todas las
decisiones se tomarán por unanimidad de las partes.
Protección de datos de carácter personal.

Las partes se comprometen a cumplir, en los términos que sean de aplicación, lo
establecido en el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta
al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se
deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de protección de datos, RGPD), y en
la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y
garantía de los derechos digitales, así como en las disposiciones de desarrollo que se
dicten.
Los datos personales que se traten en ejecución de este convenio se incorporarán a
los registros de actividades de tratamiento de las partes intervinientes, con la finalidad de
gestionar las relaciones descritas en él. Las partes intervinientes se abstendrán de hacer
ningún tipo de tratamiento de los datos personales que no sea estrictamente necesario
para el cumplimiento de los fines de este convenio. Los titulares de los datos personales
podrán ejercitar sus derechos frente a cualquiera de los responsables del tratamiento los
derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de los datos personales, y la
limitación u oposición a su tratamiento.
Sobre el Ministerio de Defensa y la Asociación de Periodistas Europeos, en calidad
de corresponsables, recaen las responsabilidades del tratamiento de los datos
personales. El Ministerio de Defensa y la Asociación de Periodistas Europeo asumen
que deben informar a los titulares de los datos personales de las características del
tratamiento de los datos personales; deben obtener el oportuno consentimiento de los
titulares de los datos personales para llevar a efectos los tratamientos de los datos
personales consecuencia de las actuaciones que se contemplan en el convenio, y
también asumen las obligaciones derivadas de la obligación de implementar las
oportunas medidas técnicas y organizativas, y la de implementar el correspondiente
mecanismo en caso de violaciones de la seguridad de los datos personales; así como

cve: BOE-A-2021-9258
Verificable en https://www.boe.es

Sexta.