III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2021-9265)
Resolución de 28 de mayo de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Ministerio de Defensa y el Consejo Superior de Deportes, para la promoción, desarrollo y difusión de los valores del deporte y el deporte de alto nivel y alto rendimiento en el ámbito del Ministerio de Defensa.
6 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 3 de junio de 2021

Sec. III. Pág. 68121

discapacidad en la sociedad, facilita la integración de todos los deportistas en una misma
organización y contribuye a la remoción de los obstáculos que segregan a las personas.
Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente convenio que se regirá por
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del convenio.
El presente convenio tiene por objeto establecer las bases de la colaboración entre el
Ministerio de Defensa (MINISDEF), a través del Consejo Superior del Deporte Militar
(CSDM) y el Consejo Superior de Deportes (CSD) para favorecer la promoción, el
desarrollo y la difusión de los valores del deporte y del deporte de alto nivel y de alto
rendimiento en el ámbito del (MINISDEF).
Segunda. Aportaciones por parte del Ministerio de Defensa.
El MINISDEF se compromete a:
1. Fomentar la actividad deportiva y el conocimiento de los valores del deporte
entre los componentes de las Fuerzas Armadas (FAS) y el Cuerpo de la Guardia Civil, en
adelante Guardia Civil.
2. Realizar seminarios, cursos, jornadas, etc. que contribuyan a la difusión de los
valores del deporte y del deporte de alto nivel y alto rendimiento entre las FAS y la
Guardia Civil.
3. A propuesta del CSD, coordinar la participación de deportistas civiles en las
competiciones militares organizadas por el CSDM.
4. Contribuir a la representación institucional mediante la asistencia de
autoridades del CSDM a actos, ceremonias, campeonatos y eventos organizados en el
ámbito del CSD.
5. Impulsar un nuevo desarrollo normativo que posibilite la incorporación a las FAS
de los deportistas de alto nivel.
6. Desarrollar la normativa necesaria para que la condición de deportista de alto
nivel, así como los méritos deportivos obtenidos por dichos deportistas en representación
de España en las competiciones internacionales, sean valorados en los procesos de
promoción interna y en los procesos de selección para la incorporación a las FAS.
7. Informar al CSD sobre cualquier acuerdo con entes públicos de la
Administración Central del Estado, el Comité Olímpico Español, el Comité Paralímpico
Español, las Federaciones Deportivas Españolas y las organizadores de competiciones
deportivas de ámbito estatal, que tengan previsto suscribir el CSMD o cualquier otro
centro directivo del Ministerio de Defensa, a efectos de evitar duplicidades y garantizar la
oportuna coherencia del Gobierno, bajo la dirección del CSD, en materia de políticas
públicas de promoción del deporte de alto nivel.
8. Colaborar con el deporte nacional en eventos deportivos nacionales e
internacionales que amparados u organizados por el CSD se celebren en España.
9. A petición del CSD, ceder instalaciones deportivas de las FAS o de la Guardia
Civil para la realización de entrenamientos o competiciones.
10. Fomentar el deporte inclusivo en el ámbito del Ministerio de Defensa y la
participación de deportistas militares con discapacidad en las competiciones
internacionales que organice el Consejo Internacional del Deporte Militar (CISM).
11. Fomentar el deporte femenino de base, alto nivel y alto rendimiento en el ámbito
del Ministerio de Defensa, hasta conseguir representación femenina en todos los
deportes militares considerados por el CISM.

cve: BOE-A-2021-9265
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 132