III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2021-9262)
Resolución de 20 de mayo de 2021, de la Entidad Pública Empresarial ENAIRE, por la que se publica el Convenio con la Universidad Politécnica de Madrid, la Fundación General de la Universidad Politécnica de Madrid y la Universidad Autónoma de Madrid, para la organización conjunta del Máster en Gestión de Servicios de Navegación Aérea.
12 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 132

Jueves 3 de junio de 2021

Sec. III. Pág. 68072

profesorado del módulo II, las tutelas de los Trabajos Fin de Máster y prácticas en
empresa) en virtud del encargo a medio propio de la UAM a la FUAM para la gestión
económica y administrativa de las actividades de formación continua de la UAM firmado
el 19 de septiembre de 2019.
Quinta.

Dirección del Curso.

La dirección del curso correrá a cargo de la UPM y de la UAM, que la ejercerá a
través de los Profesores del MGSNA nombrado Directores en la Memoria del curso que
fue aprobada por los Consejos de Gobierno de la UPM el 26 de noviembre de 2020 y de
la UAM el 12 de marzo de 2021.
Los Directores del Título en su primera edición serán:
– Por parte de la UPM el profesor don Victor Fernando Gómez Comendador.
– Por parte de la UAM la profesora doña M.ª Soledad Celemín Pedroche.
La dirección del MGSNA ostenta la condición de cuentadante de los fondos públicos
vinculados a la Enseñanza Propia y, en consecuencia, tiene la capacidad de decisión
tanto respecto al destino de los fondos y su vinculación con el proyecto, como respecto a
la cuantía de estos, siendo el responsable último frente a posibles auditorías de la
Cámara de Cuentas o el Tribunal de Cuentas.
Sexta.

Matriculación.

Los alumnos que se matriculen en el curso se preinscribirán y matricularán
obligatoriamente por los sistemas de información de la UPM.
Los alumnos abonarán en tiempo y forma directamente a la UPM el importe de la
matrícula que figura en su carta de pago.
La UPM deberá informar a la UAM de los alumnos matriculados facilitando un listado
de los mismo para su registro en la aplicación Sigma de la UAM.
La UPM, la UAM y ENAIRE, excluirán de su matrícula y de las clases a los alumnos
que no estén matriculados en el tiempo y forma que establece la normativa de
Enseñanzas Propias.
Septima.

Ingresos y Costes.

– La UPM recibirá el 59 % del total de ingresos para compensar la impartición de
clases de los módulos I y III, así como la colaboración en la tutorización, evaluación y
defensa de los Trabajos de Fin de Máster. Esta partida incluye el canon que aplica la
UPM sobre los ingresos totales, de los que se excluyen los que corresponden a la UAM y
ENAIRE, y que se exponen a continuación.
– La UAM recibirá el 16 % del total de ingresos para compensar la impartición de
clases del Módulo II del Máster y la colaboración en la tutorización, evaluación y defensa
de los Trabajos de Fin de Máster que deben realizar los alumnos. Esta partida incluye el
canon que aplica la UAM sobre los ingresos totales.
– ENAIRE recibirá el 25 % del total de ingresos (impuestos excluidos) para
compensar los gastos de grabación/edición de clases, apoyo administrativo y técnico,
uso de plataformas de enseñanza y herramientas propias de la Navegación Aérea en el
desarrollo de las enseñanzas.
El abono de la cantidad correspondiente a UAM y ENAIRE será realizado por la UPM
a través de facturas emitidas por la UAM y ENAIRE respectivamente.
El pago se realizará a la UAM y ENAIRE en el mes de enero de cada año.

cve: BOE-A-2021-9262
Verificable en https://www.boe.es

Distribución de Ingresos.
Del total de los ingresos recibidos por matriculación las partes recibirán los siguientes
porcentajes: