III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Convenios. (BOE-A-2021-9227)
Resolución de 28 de mayo de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Málaga, la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social de Málaga y la Dirección Provincial del Instituto Social de la Marina de Málaga, para la administración y participación en gastos de inmuebles de uso compartido, sitos en Málaga, Coín, Estepona, Ronda y Marbella.
8 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 131

Miércoles 2 de junio de 2021

Sec. III. Pág. 67756

de individualización, derivados de los contratos de obras, servicios, suministros y otros
gastos que sean necesarios en el funcionamiento del inmueble que es utilizado por las
partes de este Convenio y que se relaciona en el anexo I.
Estos gastos se concretan en todos aquellos necesarios para la limpieza,
mantenimiento, vigilancia, suministro eléctrico, suministro de agua y para cargas tributarias
y permisos municipales de todo el inmueble, que se consideran comunes al no ser
susceptibles de individualización dentro del mismo. También se incluyen en este Convenio
todos aquellos gastos, distintos de los anteriormente enumerados, relativos al inmueble
compartido, que tampoco sean susceptibles de individualización entre las partes.
Conforme a lo establecido en el artículo 12.4 del Real Decreto 1221/1992, de 9 de
octubre, sobre el Patrimonio de la Seguridad Social, quedan expresamente exceptuadas
de este Convenio la gestión y administración de las zonas y elementos privativos
adscritos a cada una de las entidades, cuyos gastos puedan ser objeto de
individualización.
Las obligaciones y compromisos económicos asumidos por cada una de las partes y
su distribución temporal se realizarán según se indica en el anexo I del Convenio.
No obstante, con objeto de poder cuantificar el gasto estimado, ese se encontraría en
un intervalo entre 10.000 y 5.000.000 de euros anuales, ya que dependerá del número y
tamaño de los inmuebles incluidos en el Convenio.
Para el ejercicio 2021 se prevé un gasto de 568.263,52 euros.
Para el ejercicio 2022 se prevé un gasto de 579.628,95 euros.
Para el ejercicio 2023 se prevé un gasto de 591.221,39 euros.
Para el ejercicio 2024 se prevé un gasto de 603.045,91 euros.
Segunda.

Administración del inmueble.

Tercera.

Participación en gastos: Criterios de gestión.

La participación en los gastos comunes del inmueble que no puedan ser
individualizados por no tratarse de servicios privativos de alguna de las entidades, se
hará entre todas las entidades usuarias del mismo, de acuerdo con las siguientes reglas:
3.1 Como criterio general, se establece que los referidos gastos se prorratearán
entre las entidades usuarias en proporción a su cuota de participación en el inmueble.

cve: BOE-A-2021-9227
Verificable en https://www.boe.es

La administración del inmueble 29/0065, 29/0060, 29/0035 y 29/0066 se llevará a
cabo por el Director Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Málaga
que actuará como órgano de contratación y será el responsable de la tramitación de los
expedientes.
La administración del inmueble 29/0067 Oficina Integral de Marbella se llevará a
cabo por el Director Provincial del instituto Nacional de la Seguridad Social de Málaga
que actuará como órgano de contratación y será el responsable de la tramitación de los
expedientes.
A efectos de dicha tramitación se tendrá en cuenta lo establecido en Resolución
conjunta de la Intervención General de la Seguridad Social, el Instituto Nacional de la
Seguridad Social, el Instituto Social de la Marina y la Tesorería General de la Seguridad
Social, por la que se dictan instrucciones sobre la tramitación de los expedientes de
gastos compartidos, de 19 de diciembre de 2011.
En los casos en que, existiendo gastos compartidos, no sea necesario suscribir
contrato alguno, la tramitación del expediente se llevará a cabo por el responsable del
expediente de gasto o entidad tramitadora, de acuerdo con el procedimiento establecido
en la resolución conjunta vigente sobre gastos compartidos citada.
La Tesorería General de la Seguridad Social actuará como organismo interesado en
la adjudicación de los contratos basados en acuerdos marcos que afecten a la totalidad
del inmueble, y tramitará el correspondiente expediente.