II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2021-9205)
Resolución de 27 de mayo de 2021, de la Universidad de Granada, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
10 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 2 de junio de 2021

Sec. II.B. Pág. 67588

2.3 Los requisitos establecidos en la presente base deberán cumplirse en el
momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el
momento de la toma de posesión como funcionario de carrera.
3.

Solicitudes

3.1 Quienes deseen participar en este proceso selectivo podrán realizar su
inscripción en el plazo de veinte días naturales a partir del siguiente al de la publicación
de la presente convocatoria en el BOE, a través de la sede electrónica de la Universidad
de Granada, https://sede.ugr.es, utilizando el procedimiento electrónico «Concursos a
plazas docentes: Solicitud de admisión» disponible en dicha sede.
Para que los/as interesados/as no tengan que aportar toda la documentación
justificativa, la Universidad de Granada accederá a las bases de datos de las
Administraciones, con garantía de confidencialidad y con la única finalidad de verificación
y consulta de los datos consignados en la inscripción, salvo que el solicitante desee
presentar la documentación por manifestar su oposición motivada a la consulta. Esta
oposición deberán manifestarla en el apartado correspondiente de la solicitud en sede
electrónica.
3.2 Derechos de examen:
Los aspirantes deberán abonar a la Universidad de Granada la cantidad de 42,50
euros en concepto de derechos de examen, especificando el nombre, apellidos, número
del documento nacional de identidad o pasaporte, la plaza a la que se concursa y el
código de la misma. El ingreso o transferencia bancaria deberá ser efectuado en Bankia,
en la cuenta ES05 20383505366400012738, con el título «Universidad de Granada.
Pruebas Selectivas», abierta en dicha entidad.
Estarán exentas del pago de los precios públicos:
– Las personas con discapacidad igual o superior al 33 por 100.
– Las personas que figuren como demandantes de empleo durante el plazo, al
menos, de un mes anterior a la fecha de publicación de la presente convocatoria. Serán
requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieran
rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa
justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional y que,
asimismo, carezcan de rentas superiores en cómputo mensual al Salario Mínimo
Interprofesional.
La certificación relativa a la condición de demandante de empleo citada en el párrafo
anterior se solicitará en las correspondientes Oficinas de Empleo, debiendo figurar en
ella todos y cada uno de los requisitos citados en dicho párrafo.
En cuanto a la acreditación de las rentas, se realizará con una declaración jurada o
promesa escrita del solicitante, para lo que se podrá utilizar el modelo que se acompaña
como Anexo II a esta convocatoria.
Ambos documentos, certificación y declaración, deberán acompañar a la solicitud.
– Las víctimas del terrorismo, sus cónyuges e hijos/as, debiendo acreditar tal
condición.
– Las familias numerosas, que tendrán derecho a una exención del 100 por 100 de
la tasa los miembros de familias de la categoría especial y a una bonificación del 50
por 100 los que fueran de la categoría general.
La falta de abono de estos derechos determinará la exclusión del aspirante. En
ningún caso el abono de los derechos de examen supondrá sustitución del trámite de
presentación, en tiempo y forma, de la solicitud, ante el órgano expresado en la base 3.1.
3.3 En el caso de no oponerse a la consulta por parte de la Universidad de los
datos consignados en la solicitud, se deberá acompañar, la siguiente documentación:
a) Certificaciones en las que se acredite el cumplimiento de los requisitos
específicos para participar en el concurso de acceso.

cve: BOE-A-2021-9205
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 131