III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA. Convenios. (BOE-A-2021-9219)
Resolución de 25 de mayo de 2021, de la Subdirección General de Cooperación Territorial Europea, por la que se publica el Convenio entre la Dirección General de Fondos Europeos y el Prefecto de la Región de Occitania de Francia.
4 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 131

Miércoles 2 de junio de 2021

Sec. III. Pág. 67659

Certificación del programa comunicó a la Comisión Europea la aceptación por las
autoridades del programa de los cálculos del saldo de cierre.
2. Que de acuerdo al artículo 89.3 del Reglamento (CE) n.º1083/2006, «la
Comisión comunicará al Estado miembro su dictamen sobre el contenido de la
declaración de cierre mencionada en el apartado 1, letra a), inciso iii), en un plazo de
cinco meses a partir de la fecha de su recepción».
3. Que una vez cerrado el Programa de Cooperación Territorial España-FranciaAndorra 2007-2013, y pagadas a todos los beneficiarios las cantidades pendientes,
existe un remanente en la cuenta bancaria del Banco de España a nombre de Tesoro
Público, Aportaciones de la UE, de un total de 740.928,04 € del Fondo Europeo de
Desarrollo Regional (FEDER), procedente de proyectos aprobados y abonados a tasas
de cofinanciación inferiores a la tasa del eje donde se encontraban.
4. Que la Comisión Europea en su escrito Ref. Ares (2018) 5287001 del 15 de
octubre del 2018, ha indicado en relación al posible excedente generado por el programa
de Cooperación Transfronteriza España-Francia-Andorra 2007-2013 que «corresponde a
los Estados miembros la decisión sobre el destino final del «excedente». Este Convenio
servirá para mandatar a la Autoridad de Certificación a realizar las transferencias
oportunas a las diferentes estructuras de gestión del programa.
5. Que teniendo en cuenta el documento de Descripción de los Sistemas de
Gestión y Control del Programa Operativo de Cooperación Territorial España–FranciaAndorra 2007-2013, de 18 de noviembre de 2009, donde se establece que las funciones
de Estados miembros de España y Francia son ejercidas por la entonces Dirección
General de Fondos Comunitarios del Ministerio de Economía y Hacienda, actualmente
Dirección General de Fondos Europeos del Ministerio de Hacienda, y por el Prefecto de
la Región de Midi-Pirineos, en la actualidad Prefecto de la Región de Occitania.
6. Que en la fecha de 20/01/2021, el Comité de Seguimiento del Programa de
Cooperación Territorial Europea España-Francia-Andorra 2007-2013 ha aprobado el
desembolso de un importe de 663.969,20 euros con cargo a los excedentes una vez
cerrado el programa Programa Operativo de Cooperación Territorial España–FranciaAndorra 2007-2013. Esta cantidad se destinará a la realización de una convocatoria de
microproyectos.
ACUERDAN
Objeto del Convenio.

El objeto del Convenio es establecer el marco legal para que el saldo de FEDER del
Programa de Cooperación Territorial Interreg España-Francia-Andorra (POCTEFA)
2007-2013 pueda ser transferido por parte de la Autoridad de Certificación (Subdirección
General de Certificación y Pagos de la Dirección General de Fondos Europeos del
Ministerio de Hacienda) a la Autoridad de Gestión del programa (Consorcio de la
Comunidad de Trabajo de los Pirineos) del periodo 2007-2013 conforme a la decisión del
Comité de Seguimiento de 20/01/2021.
El importe a distribuir se ha calculado a prorrata de los gastos elegibles de las
Comunidades Autónomas Españolas, de las Regiones y Departamentos franceses y de
los Estados español y francés que forman parte de las estructuras de gestión y de
certificación del Programa.
Para llevar a cabo la distribución, se da cumplimiento a la decisión del Comité de
Seguimiento de 20/01/2021, según la cual, la parte del montante a pagar a la Autoridad
de Gestión se establece en 663.969,20 euros, una vez descontadas las cantidades
correspondientes a la Autoridad Nacional Española y a la Autoridad de Certificación del
Programa, que ascienden a 76.958,84 euros y permanecerán en la cuenta del Tesoro
Público español.
La Dirección General de Fondos Europeos del Ministerio de Hacienda de España
sobre la base de sus atribuciones, establecidas por el Real Decreto 1182/2020, de 29 de

cve: BOE-A-2021-9219
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 1.