III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Convenios. (BOE-A-2021-9210)
Resolución de 20 de abril de 2021, de la Dirección de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se publica el Convenio con la Fundación Cepsa, para el patrocinio de la convocatoria de lectorados MAEC-AECID para el curso 2021-2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 131

Miércoles 2 de junio de 2021

Decimotercera.

Sec. III. Pág. 67631

Transparencia.

Además de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado», antes referida, el
presente convenio se publicará en el Portal de la Transparencia del Gobierno de España,
de acuerdo con lo previsto en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia,
acceso a la información pública y buen gobierno.
Decimocuarta.

Legislación aplicable.

El presente convenio tiene naturaleza jurídico-administrativa quedando sometido al
régimen jurídico de convenios previsto en el Capítulo VI del Título Preliminar de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y por las normas
de derecho privado que resulten de aplicación, especialmente por la Ley 49/2002, de 23
de diciembre, de Régimen Fiscal de las Entidades sin fines lucrativos y de los incentivos
fiscales al Mecenazgo y el Real Decreto 1270/2003, de 10 octubre, que contiene su
desarrollo reglamentario.
Según dispone el artículo 25, apartado 1, párrafo 2.º, de la citada Ley 49/2002, la
difusión de la participación de la Fundación en la convocatoria de la AECID no constituirá
una prestación de servicios.
El presente convenio se sujeta en todo lo no establecido en él al ordenamiento
jurídico español.
Las partes se comprometen a intentar resolver de manera amistosa, a través de la
Comisión Mixta de seguimiento, vigilancia y control del convenio las cuestiones litigiosas
que puedan plantearse en el desarrollo, interpretación, cumplimiento, extinción y efectos
del presente convenio.
Si no fuera posible alcanzar un acuerdo, las cuestiones litigiosas serán sometidas a
la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de conformidad con lo dispuesto en
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
En prueba de conformidad y, para la debida constancia de cuanto queda convenido,
las partes firman por duplicado el presente documento, en el lugar y fecha al principio
indicados.–Por la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo
(AECID), el Director de la AECID, Magdy Esteban Martínez Solimán.–Por la Fundación
Cepsa, Cristina Ortiz Ferrari.
ANEXO 1 DE PROTECCIÓN DE DATOS
Descripción de los datos objeto de comunicación entre las partes
Se realizará una comunicación de datos por parte de [*nombre de cedente*] a
[*cesionario*] que afecta a los siguientes interesados y categorías de datos:

La actividad de tratamiento en la que se incluyen los anteriores datos es [*nombre del
RAT correspondiente*](1).
(1)
En caso de que no
datos.personales.aecid@aecid.es.

exista

RAT

creado,

se

deberá

consultar

II. Finalidad de la comunicación.
Los datos se comunican con la exclusiva finalidad de [*describir*].

a

la

dirección

cve: BOE-A-2021-9210
Verificable en https://www.boe.es

− Las categorías de sujetos afectados son: [*personas de contacto/personal de la
AECID, terceros, beneficiarios, ciudadanos, etc., en función de lo señalado en el RAT
correspondiente*].
− Se tratarán los siguientes tipos de datos: [*datos identificativos/datos financieros y
bancarios /datos de contacto profesionales, etc. en función de lo señalado en el RAT
correspondiente*].