I. Disposiciones generales. COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA. Energía eléctrica. (BOE-A-2021-9178)
Corrección de errores de la Resolución de 6 de mayo de 2021, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se aprueban las reglas de funcionamiento de los mercados diario e intradiario de energía eléctrica para su adaptación de los límites de oferta a los límites de casación europeos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 2 de junio de 2021

Sec. I. Pág. 67473

reglas cuando así lo solicite. Dicha información estará disponible en el momento en que
se genere.
– Ofertas válidas de las unidades de adquisición o de venta que hubieran sido
presentadas a la sesión.
Se pondrá a disposición de los operadores del sistema con la confidencialidad
correspondiente y de los agentes del mercado respetando la confidencialidad establecida
en las presentes reglas, después de la realización de la casación de cada mercado
intradiario, el conjunto de ofertas válidas de venta y adquisición presentadas a cada una
de las sesiones del mercado intradiario.
Información del resultado de la casación del mercado intradiario de subastas.
– Precios resultado de la casación.
Se generarán como resultado del proceso de casación de cada una de las sesiones
de mercado intradiario de subastas y serán públicos, y además serán puestos a
disposición de los agentes del mercado, siendo publicado después de su generación.
Se pondrá a disposición del operador del sistema tan pronto termine el periodo de
reclamaciones al resultado de la casación.
– Programa Intradiario Base de Casación Incremental (PIBCI).
Se generará como resultado del proceso de casación de cada una de las sesiones
de mercado intradiario y será puesto a disposición de los agentes del mercado con la
confidencialidad establecida en las presentes reglas, inmediatamente después de su
generación.
Se pondrá a disposición del operador del sistema tan pronto termine el periodo de
reclamaciones al resultado de la casación, con la confidencialidad correspondiente.
El operador del mercado pondrá a disposición de los operadores del sistema con la
confidencialidad correspondiente el programa incremental provisional resultado de la
casación, asignando previamente a una unidad de oferta genérica, los valores
correspondientes a la unidad de oferta genérica de venta y los valores correspondientes
a la unidad de oferta genérica de adquisición, con su signo. La unidad de oferta genérica
tendrá valores positivos y negativos y servirá exclusivamente para poner a disposición de
los operadores del sistema, el resultado de la casación.
– Programa Intradiario Base de Casación Acumulado (PIBCA).
Se generará como resultado del proceso de casación de cada una de las sesiones
de mercado intradiario y será puesto a disposición de los agentes del mercado con la
confidencialidad establecida en las presentes reglas inmediatamente después de su
generación.
– El orden de precedencia económica.
Se generará como resultado del proceso de casación y para cada periodo de
programación del horizonte de programación de cada una de las sesiones de mercado
intradiario y será puesto a disposición de los operadores del sistema con la
confidencialidad correspondiente, tan pronto termine el periodo de reclamaciones al
resultado de la casación.
– Curvas agregadas de oferta y demanda.
Se generará como resultado del proceso de casación de cada uno de los periodos de
programación de las sesiones de mercado intradiario y serán públicos, siendo además
puesto a disposición de los agentes del mercado con la confidencialidad establecida en
las presentes reglas y publicadas después de su generación.

cve: BOE-A-2021-9178
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Núm. 131