I. Disposiciones generales. COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA. Energía eléctrica. (BOE-A-2021-9178)
Corrección de errores de la Resolución de 6 de mayo de 2021, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se aprueban las reglas de funcionamiento de los mercados diario e intradiario de energía eléctrica para su adaptación de los límites de oferta a los límites de casación europeos.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 131
Miércoles 2 de junio de 2021
3.4.1
Sec. I. Pág. 67539
Ofertas Iceberg con incremental de precio.
Opcionalmente, las órdenes «Iceberg» se podrán introducir con un incremental de
precio. En caso de introducirse, cada nueva instanciación tendrá un nuevo precio, que
será calculado como el precio de la instanciación anterior más el incremental de precio.
Las órdenes «Iceberg» de adquisición solo pueden introducirse con un incremental
de precio negativo, mientras que las órdenes de venta sólo pueden introducirse con un
incremental de precio positivo.
4.
Condiciones a la validez de ofertas.
Las condiciones a la validez, en caso de ser especificadas, indican el horizonte
temporal para el que la oferta de venta o adquisición presentada por un agente de
mercado para un determinado contrato es válida.
4.1
Good-for-session (GFS).
Las ofertas marcadas con dicha restricción serán válidas hasta el cierre de la
negociación del contrato al que se presentaron. Por defecto, todas las ofertas tendrán
seleccionada esta restricción.
4.2
Good-till-date (GTD).
Dicha restricción, hará que la oferta presentada sea únicamente válida hasta un
cierto momento establecido por el agente durante la creación de la oferta, dicho
momento será siempre anterior al cierre de la negociación del contrato
5.
Condiciones de las Cestas de Ofertas (Basket Orders).
Los agentes de mercado podrán seleccionar condiciones a la Cesta de Ofertas que
afectarán a todas las ofertas dentro de la cesta.
5.1
None.
Las ofertas de la cesta se enviarán a la vez, al mismo o diferentes contratos, pero sin
relación entre ellas. Unas podrán ser aceptadas y casadas y otras no, permaneciendo en
el Libro de Ofertas si las condiciones de dicha oferta lo permiten.
5.2
Valid.
Las ofertas de la cesta se enviarán a la vez, al mismo o diferentes contratos, pero
deberán ser todas aceptadas como válidas. Si alguna de las ofertas incluidas en la cesta
es declarada no válida, no se tendrá en cuenta el resto puesto que serán todas
rechazadas.
Linked orders.
Las órdenes de la cesta se enviarán a la vez, al mismo o diferentes contratos, pero la
aceptación de una casación de una oferta para un contrato estará enlazada a la casación
de las otras ofertas de la cesta en otros contratos, siendo casadas todas o ninguna de
las ofertas enviadas. Como consecuencia, una cesta enlazada siempre incluirá la
restricción a la ejecución FOK para cada una de las ofertas incluidas en la cesta.
6. Hora límite de aplicación de indisponibilidades y limitaciones para el mercado
intradiario continuo.
La hora límite de aplicación de las indisponibilidades y limitaciones para el mercado
intradiario continuo a efectos de validación de una oferta enviada en una ronda, será de
cinco (5) minutos antes del inicio de la misma.
cve: BOE-A-2021-9178
Verificable en https://www.boe.es
5.3
Núm. 131
Miércoles 2 de junio de 2021
3.4.1
Sec. I. Pág. 67539
Ofertas Iceberg con incremental de precio.
Opcionalmente, las órdenes «Iceberg» se podrán introducir con un incremental de
precio. En caso de introducirse, cada nueva instanciación tendrá un nuevo precio, que
será calculado como el precio de la instanciación anterior más el incremental de precio.
Las órdenes «Iceberg» de adquisición solo pueden introducirse con un incremental
de precio negativo, mientras que las órdenes de venta sólo pueden introducirse con un
incremental de precio positivo.
4.
Condiciones a la validez de ofertas.
Las condiciones a la validez, en caso de ser especificadas, indican el horizonte
temporal para el que la oferta de venta o adquisición presentada por un agente de
mercado para un determinado contrato es válida.
4.1
Good-for-session (GFS).
Las ofertas marcadas con dicha restricción serán válidas hasta el cierre de la
negociación del contrato al que se presentaron. Por defecto, todas las ofertas tendrán
seleccionada esta restricción.
4.2
Good-till-date (GTD).
Dicha restricción, hará que la oferta presentada sea únicamente válida hasta un
cierto momento establecido por el agente durante la creación de la oferta, dicho
momento será siempre anterior al cierre de la negociación del contrato
5.
Condiciones de las Cestas de Ofertas (Basket Orders).
Los agentes de mercado podrán seleccionar condiciones a la Cesta de Ofertas que
afectarán a todas las ofertas dentro de la cesta.
5.1
None.
Las ofertas de la cesta se enviarán a la vez, al mismo o diferentes contratos, pero sin
relación entre ellas. Unas podrán ser aceptadas y casadas y otras no, permaneciendo en
el Libro de Ofertas si las condiciones de dicha oferta lo permiten.
5.2
Valid.
Las ofertas de la cesta se enviarán a la vez, al mismo o diferentes contratos, pero
deberán ser todas aceptadas como válidas. Si alguna de las ofertas incluidas en la cesta
es declarada no válida, no se tendrá en cuenta el resto puesto que serán todas
rechazadas.
Linked orders.
Las órdenes de la cesta se enviarán a la vez, al mismo o diferentes contratos, pero la
aceptación de una casación de una oferta para un contrato estará enlazada a la casación
de las otras ofertas de la cesta en otros contratos, siendo casadas todas o ninguna de
las ofertas enviadas. Como consecuencia, una cesta enlazada siempre incluirá la
restricción a la ejecución FOK para cada una de las ofertas incluidas en la cesta.
6. Hora límite de aplicación de indisponibilidades y limitaciones para el mercado
intradiario continuo.
La hora límite de aplicación de las indisponibilidades y limitaciones para el mercado
intradiario continuo a efectos de validación de una oferta enviada en una ronda, será de
cinco (5) minutos antes del inicio de la misma.
cve: BOE-A-2021-9178
Verificable en https://www.boe.es
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