I. Disposiciones generales. COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA. Energía eléctrica. (BOE-A-2021-9178)
Corrección de errores de la Resolución de 6 de mayo de 2021, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se aprueban las reglas de funcionamiento de los mercados diario e intradiario de energía eléctrica para su adaptación de los límites de oferta a los límites de casación europeos.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 2 de junio de 2021
Sec. I. Pág. 67520
Esta información se pondrá a disposición de los agentes del mercado en lo que
afecte a sus unidades de venta y adquisición.
La información sobre indisponibilidades podrá ser actualizada posteriormente, en
cualquier momento, hasta el instante de cierre de aceptación de ofertas del mercado
diario, en caso de existir modificaciones en los datos.
La información sobre capacidad en las interconexiones internacionales podrá ser
actualizada posteriormente, en cualquier momento hasta las 11:25 horas para su
consideración en el mercado diario, en caso de existir modificaciones en los datos.
d) Antes de las 10:30 el operador del sistema español pondrá a disposición del
operador del mercado la información sobre:
– Las ejecuciones de contratos bilaterales a través de las fronteras internacionales
del sistema ibérico con sistemas externos, de que disponga, previo acuerdo entre los
operadores del sistema implicados.
e) Los agentes podrán reclamar el resultado de la validación de las ofertas de
compra y de venta hasta cinco (5) minutos después del cierre de la aceptación de ofertas
para la sesión correspondiente.
f) El operador del mercado realizará el análisis de las reclamaciones presentadas al
proceso de validación a la recepción de las ofertas y solución de las mismas, en caso de
que la reclamación sea atendible, y pueda subsanarse en tiempo útil.
g) A las 12:00 horas, el operador del mercado cerrará el periodo de recepción y
validación de las ofertas de compra y de venta realizadas por los agentes del mercado
para el mercado diario.
h) A partir de las 12:00 horas, y una vez realizado el análisis de las reclamaciones
presentadas al proceso de validación de ofertas, se procederá a iniciar el proceso de la
casación, salvo que se determine en el mencionado proceso de análisis que es preciso
prolongar el periodo de aceptación de ofertas por alguna causa justificada.
i) Durante el proceso de preparación de ofertas para la casación, se realizarán las
validaciones definidas en las presentes reglas, incluyendo la comprobación de la
existencia de garantías que respalden económicamente cada oferta presentada. En caso
de no ser superadas las mencionadas validaciones, se procederá a la anulación de la
oferta correspondiente, que no será a partir de entonces considerada en el proceso de
casación.
j) Una vez efectuadas las validaciones anteriores, se ejecutará la casación de las
ofertas presentadas con el algoritmo Euphemia.
k) Antes de las 13:00 horas, el operador del mercado pondrá a disposición de los
operadores del sistema y de los agentes el resultado provisional del proceso de casación
con la confidencialidad correspondiente. Simultáneamente se pondrá a disposición de los
agentes la información correspondiente a sus unidades de venta y adquisición.
l) Los agentes del mercado dispondrán de diez (10) minutos a partir de la puesta a
disposición del resultado provisional del proceso de casación por el operador del
mercado para formular reclamaciones a éste, que se tramitarán según el procedimiento
establecido. El operador del mercado, durante este periodo de tiempo podrá plantear las
incidencias que, a su juicio, hayan ocurrido en el proceso. Igualmente, los operadores del
sistema podrán plantear, antes de transcurridos 10 minutos desde la puesta a
disposición de los operadores del sistema del resultado provisional del proceso de
casación, la existencia de una de las incidencias establecidas por los operadores del
mercado al resultado de la casación.
m) Antes de las 13:00 horas, en caso de haber sido confirmados los resultados de
la casación del mercado diario por todos los operadores del mercado, estos serán firmes.
n) El operador del mercado diario pondrá a disposición del operador del mercado a
plazo antes de las 14:00 horas de cada día los precios y los volúmenes de contratación
negociados en cada hora en el mercado diario para el día siguiente, así como el
resultado del proceso de entrega física.
cve: BOE-A-2021-9178
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 131
Miércoles 2 de junio de 2021
Sec. I. Pág. 67520
Esta información se pondrá a disposición de los agentes del mercado en lo que
afecte a sus unidades de venta y adquisición.
La información sobre indisponibilidades podrá ser actualizada posteriormente, en
cualquier momento, hasta el instante de cierre de aceptación de ofertas del mercado
diario, en caso de existir modificaciones en los datos.
La información sobre capacidad en las interconexiones internacionales podrá ser
actualizada posteriormente, en cualquier momento hasta las 11:25 horas para su
consideración en el mercado diario, en caso de existir modificaciones en los datos.
d) Antes de las 10:30 el operador del sistema español pondrá a disposición del
operador del mercado la información sobre:
– Las ejecuciones de contratos bilaterales a través de las fronteras internacionales
del sistema ibérico con sistemas externos, de que disponga, previo acuerdo entre los
operadores del sistema implicados.
e) Los agentes podrán reclamar el resultado de la validación de las ofertas de
compra y de venta hasta cinco (5) minutos después del cierre de la aceptación de ofertas
para la sesión correspondiente.
f) El operador del mercado realizará el análisis de las reclamaciones presentadas al
proceso de validación a la recepción de las ofertas y solución de las mismas, en caso de
que la reclamación sea atendible, y pueda subsanarse en tiempo útil.
g) A las 12:00 horas, el operador del mercado cerrará el periodo de recepción y
validación de las ofertas de compra y de venta realizadas por los agentes del mercado
para el mercado diario.
h) A partir de las 12:00 horas, y una vez realizado el análisis de las reclamaciones
presentadas al proceso de validación de ofertas, se procederá a iniciar el proceso de la
casación, salvo que se determine en el mencionado proceso de análisis que es preciso
prolongar el periodo de aceptación de ofertas por alguna causa justificada.
i) Durante el proceso de preparación de ofertas para la casación, se realizarán las
validaciones definidas en las presentes reglas, incluyendo la comprobación de la
existencia de garantías que respalden económicamente cada oferta presentada. En caso
de no ser superadas las mencionadas validaciones, se procederá a la anulación de la
oferta correspondiente, que no será a partir de entonces considerada en el proceso de
casación.
j) Una vez efectuadas las validaciones anteriores, se ejecutará la casación de las
ofertas presentadas con el algoritmo Euphemia.
k) Antes de las 13:00 horas, el operador del mercado pondrá a disposición de los
operadores del sistema y de los agentes el resultado provisional del proceso de casación
con la confidencialidad correspondiente. Simultáneamente se pondrá a disposición de los
agentes la información correspondiente a sus unidades de venta y adquisición.
l) Los agentes del mercado dispondrán de diez (10) minutos a partir de la puesta a
disposición del resultado provisional del proceso de casación por el operador del
mercado para formular reclamaciones a éste, que se tramitarán según el procedimiento
establecido. El operador del mercado, durante este periodo de tiempo podrá plantear las
incidencias que, a su juicio, hayan ocurrido en el proceso. Igualmente, los operadores del
sistema podrán plantear, antes de transcurridos 10 minutos desde la puesta a
disposición de los operadores del sistema del resultado provisional del proceso de
casación, la existencia de una de las incidencias establecidas por los operadores del
mercado al resultado de la casación.
m) Antes de las 13:00 horas, en caso de haber sido confirmados los resultados de
la casación del mercado diario por todos los operadores del mercado, estos serán firmes.
n) El operador del mercado diario pondrá a disposición del operador del mercado a
plazo antes de las 14:00 horas de cada día los precios y los volúmenes de contratación
negociados en cada hora en el mercado diario para el día siguiente, así como el
resultado del proceso de entrega física.
cve: BOE-A-2021-9178
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 131