I. Disposiciones generales. COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA. Energía eléctrica. (BOE-A-2021-9178)
Corrección de errores de la Resolución de 6 de mayo de 2021, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se aprueban las reglas de funcionamiento de los mercados diario e intradiario de energía eléctrica para su adaptación de los límites de oferta a los límites de casación europeos.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
164 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 131

Miércoles 2 de junio de 2021

Sec. I. Pág. 67380

I. DISPOSICIONES GENERALES

COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS
Y LA COMPETENCIA
9178

Corrección de errores de la Resolución de 6 de mayo de 2021, de la
Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se
aprueban las reglas de funcionamiento de los mercados diario e intradiario de
energía eléctrica para su adaptación de los límites de oferta a los límites de
casación europeos.

Advertido error en la numeración de las Reglas del anexo de la Resolución, de 6 de
mayo de 2021, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se
aprueban las reglas de funcionamiento de los mercados diario e intradiario de energía
eléctrica para su adaptación de los límites de oferta a los límites de casación europeos,
publicada en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 120, de fecha 20 de mayo de 2021,
sec. I. pág. 61443, se procede a efectuar la oportuna rectificación publicando de nuevo la
Resolución junto con el anexo a continuación:
Resolución, de 6 de mayo de 2021, de la Comisión Nacional de los Mercados y la
Competencia, por la que se aprueban las reglas de funcionamiento de los mercados
diario e intradiario de energía eléctrica para su adaptación de los límites de oferta a los
límites de casación europeos.
La Sala de la Supervisión Regulatoria, de acuerdo con la función establecida en el
artículo 7.1.c de la Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la Comisión Nacional de los
Mercados y la Competencia, modificada por el Real Decreto-ley 1/2019 y desarrollada a
través de la Circular 3/2019, de 20 de noviembre, de la Comisión Nacional de los
Mercados y la Competencia, por la que se establecen las metodologías que regulan el
funcionamiento del mercado mayorista de electricidad y la gestión de la operación del
sistema, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 23 de dicha circular, acuerda
emitir la siguiente resolución:
Antecedentes de hecho

La Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la Comisión Nacional de los Mercados y
la Competencia, modificada por el Real Decreto-Ley 1/2019, en su artículo 7, acerca de
la supervisión y control en el sector eléctrico y en el sector del gas natural, determina en
su apartado primero la potestad de la Comisión Nacional de los Mercados y la
Competencia de establecer, mediante circular, las metodologías relativas al acceso a las
infraestructuras transfronterizas, incluidos los procedimientos para asignar capacidad y
gestionar la congestión en los sectores de electricidad y gas. Asimismo, atribuye a este
organismo la potestad de determinar las reglas de los mercados organizados en su
componente normativa en aquellos aspectos cuya aprobación corresponda a la autoridad
reguladora nacional de conformidad con las normas del derecho europeo.
En fecha 2 de diciembre de 2019, se publicó en el «Boletín Oficial del Estado» la
Circular 3/2019, de 20 de noviembre, de la Comisión Nacional de los Mercados y la
Competencia, por la que se establecen las metodologías que regulan el funcionamiento
del mercado mayorista de electricidad y la gestión de la operación del sistema.
La Circular 3/2019, en su artículo 5, establece que el operador de mercado deberá
elaborar las propuestas necesarias para el desarrollo de la regulación europea.

cve: BOE-A-2021-9178
Verificable en https://www.boe.es

Primero.