I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Avales. (BOE-A-2021-9063)
Resolución de 28 de mayo de 2021, del Secretario de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 25 de mayo de 2021, por el que se establecen los términos y condiciones del sexto tramo de la línea de avales a financiación concedida a empresas y autónomos con la finalidad principal de financiar inversiones y se autorizan límites para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 130

Martes 1 de junio de 2021

Sec. I. Pág. 66829

Porcentajes máximos, remuneración, plazos de formalización y de vencimiento máximo del aval

Importe máximo por deudor
y plazo máximo de aval.

– Para operaciones con deudores que reciban ayuda pública de manera acumulada por un total no superior a
1.800.000 euros, el plazo del aval emitido coincidirá con el plazo del préstamo, hasta un máximo de 10 años.
– Para operaciones que se sujeten al Reglamento (UE) n ° 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013,
relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas
de minimis (o el correspondiente Reglamento sectorial), el plazo del aval emitido coincidirá con el plazo del
préstamo, hasta un máximo de 5 años.
– Para operaciones con deudores que reciban ayuda pública de manera acumulada por un total superior a
1.800.000 euros, el plazo del aval emitido coincidirá con el plazo del préstamo, hasta un máximo de 8 años y el
importe nominal a avalar no podrá superar el mayor de:
• El doble de los costes salariales anuales del cliente, tomando como referencia los costes del ejercicio 2019.
• El 25 % de la facturación del cliente en el año 2019.
• Con la justificación adecuada y sobre la base de una auto certificación por parte del cliente de sus necesidades de
liquidez, la cantidad de financiación podrá superar los criterios anteriores para cubrir las necesidades de liquidez de
los próximos dieciocho meses en caso de autónomos y pyme, posteriores al momento de concesión de la
financiación o de los próximos 12 meses en el caso de empresas que no reúnan la condición de pyme.

Porcentajes máximos de aval
del Ministerio de Asuntos
El aval ascenderá como máximo al 80 % en las operaciones de financiación para pequeñas y medianas y empresas
Económicos y
y autónomos y de 70 % en las operaciones de financiación para empresas que no reúnan la condición de pyme.
Transformación Digital.
– Para operaciones con deudores que de manera acumulada reciban ayuda pública sujeta al apartado 3.1 del
Marco Temporal relativo a las medidas de ayuda estatal destinadas a respaldar la economía en el contexto del
actual brote de COVID-19, por un total igual o inferior a 1.800.000 euros, el coste del aval ascenderá a 20 p.b.
– Asimismo, para operaciones que se sujeten al Reglamento (UE) n.º 1407/2013 de la Comisión, de 18 de
diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión
Europea a las ayudas de minimis (o el correspondiente Reglamento sectorial), el coste del aval ascenderá a 20 p.b.
– Para el resto de operaciones, la remuneración de los avales será la contenida en la siguiente tabla, y se aplicará
durante toda la vida del aval sobre el saldo del importe avalado:
Pymes cobertura Grandes empresas
hasta 80 %
cobertura hasta 70 %

Remuneración del aval.

Plazos de solicitud de los
avales.

Avales con vencimiento hasta 1 año.

20 pb

30 pb

Avales con vencimiento superior a 1 año y hasta 3 años.

30 pb

60 pb

Avales con vencimiento superior a 3 años y hasta 5 años.

80 pb

120 pb

Avales con vencimiento superior a 5 años y hasta 6 años.

80 pb

125 pb

Avales con vencimiento superior a 6 años y hasta 7 años.

169 pb

260 pb

Avales con vencimiento superior a 7 años y hasta 8 años.

188 pb

285 pb

Los avales podrán solicitarse al ICO hasta el 1 de diciembre de 2021.

Tercero.

ANEXO II
Los límites autorizados para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios
futuros en aplicación de lo dispuesto en el artículo 47.3 de la Ley 47/2003, de 26 de
noviembre, General Presupuestaria, para financiar por parte del Ministerio de Asuntos
Económicos y Transformación Digital los gastos de gestión y administración, con cargo a
la partida presupuestaria 27.03.931M.359 «Otros gastos financieros», se considerarán
ampliados adicionalmente por los gastos de gestión y administración en la

cve: BOE-A-2021-9063
Verificable en https://www.boe.es

El importe de la línea de avales se aplicará a los operadores a demanda.