III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2021-9157)
Resolución de 26 de mayo de 2021, de la Presidencia de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, por la que se publica el Convenio de colaboración con la Universidad Complutense de Madrid, para articular la concesión de ayudas en el marco del procedimiento de concurrencia competitiva, convocado por Resolución de 17 de febrero de 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 1 de junio de 2021

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Ambas partes se reconocen mutuamente capacidad jurídica suficiente para suscribir
el presente Convenio, y a tal efecto
MANIFIESTAN
1. La Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (en adelante, la AIReF) es
una entidad pública creada por la Ley Orgánica 6/2013, de 14 de noviembre, que tiene
por misión velar por el cumplimiento –por las Administraciones Públicas– del principio de
estabilidad presupuestaria previsto en el artículo 135 de la Constitución Española,
mediante la evaluación del ciclo presupuestario, del endeudamiento público y el análisis
de las previsiones económicas, como vía para asegurar el crecimiento económico y el
bienestar de la sociedad española a medio y largo plazo.
Para ello, los instrumentos clave con los que cuenta legalmente la AIReF son los
Informes, Opiniones y Estudios, que se realizan de manera periódica por un equipo
profesional de dilatada experiencia.
2. Para la ejecución de sus trabajos, la AIReF considera necesario fomentar la
formación y la investigación en los campos propios de su actividad, por lo que desea
involucrar a estudiantes en el día a día de la institución, mediante la concesión de becas
a través de Universidades y/o centros académicos oficiales de postgrado.
En concreto, el artículo 38 del Real Decreto 215/2014, de 28 de marzo, por el que se
aprueba el Estatuto Orgánico de la AIReF dispone que esta institución podrá contar con
un programa propio de becas.
3. Por su parte, la UCM, según se recoge en sus Estatutos aprobados por
Decreto 32/2017, de 21 de marzo, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid
(BOCM de 24 de marzo de 2017), tiene entre sus funciones la creación, desarrollo,
transmisión y crítica de la ciencia, de la técnica y de la cultura, la difusión, la valorización
y la transferencia del conocimiento al servicio de la cultura, de la calidad de vida y del
desarrollo económico, la difusión de concomimiento y la cultura a través de la extensión
universitaria y la formación continuada, así como favorecer el intercambio científico, la
movilidad académica y la cooperación para el desarrollo de los pueblos, que podrán
articularse mediante el establecimiento de relaciones con otras entidades para la
promoción y desarrollo de sus fines institucionales.
4. Por Resolución de 20 de enero de 2020, de la Presidencia de la AIReF (BOE
de 27 de enero de 2020), se aprobaron las bases para la concesión de ayudas en
régimen de concurrencia competitiva a universidades y otros centros académicos para el
fomento de la formación y la investigación en el ámbito del análisis económico y
presupuestario para la estabilidad y sostenibilidad fiscal.
5. Por Resolución de 17 de febrero de 2021, de la Presidencia de la AIReF, se
convocaron las ayudas para el año 2021.
6. Tras la correspondiente tramitación, por Resolución de 6 de mayo de 2021, de la
Presidencia de la AIReF, se resolvió el procedimiento de concurrencia competitiva,
siendo la UCM una de las entidades beneficiarias de las ayudas.
7. De acuerdo con el apartado 8 de la convocatoria, la AIReF suscribirá con cada
entidad beneficiaria un Convenio de colaboración para articular el procedimiento de
selección de los alumnos para el disfrute de la beca, las condiciones de los programas
de becas, la forma de abono de la ayuda y de justificación de la misma, la obligación de
la Universidad o Centro académico de hacer, una vez finalizada la beca, un seguimiento
de la actividad profesional, docente y científica de cada uno de los becarios, a los efectos
previstos en el Plan Estratégico de Subvenciones de la AIReF, etc.
8. El desarrollo de las prácticas estará sujeto al régimen que se establece en el
presente Convenio. Los detalles concretos de la incorporación de los alumnos en
prácticas, indicando duración, importe mensual de las ayudas, programa y proyecto
formativo, se recogerán en los anexos, que se incorporarán al Convenio de colaboración.

cve: BOE-A-2021-9157
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 130