III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2021-9157)
Resolución de 26 de mayo de 2021, de la Presidencia de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, por la que se publica el Convenio de colaboración con la Universidad Complutense de Madrid, para articular la concesión de ayudas en el marco del procedimiento de concurrencia competitiva, convocado por Resolución de 17 de febrero de 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 1 de junio de 2021

Sec. III. Pág. 67147

ANEXO
1. Información sobre el tratamiento de datos personales vinculados a este
convenio.
Las partes informarán a los firmantes que actúan en nombre y representación
de cada una de ellas y a las personas de contacto, que los datos de carácter
personal que faciliten en virtud del mismo o aquellos que proporcionen con
posterioridad, serán tratados por cada una de las partes con la finalidad de
gestionar el mantenimiento, cumplimiento, desarrollo, control y ejecución de lo
dispuesto en el presente convenio, siendo la base de legitimación la relación
jurídica de las partes.
Sin perjuicio de las obligaciones en materia de publicidad activa y derecho de acceso
a la información pública previstas en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de
transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, y en la Ley 10/2019,
de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid, las
partes se comprometen a respetar la confidencialidad de la información que se
suministren en la ejecución del presente convenio o cualquier otro acuerdo específico
que se derive del mismo.
Con respecto al tratamiento de datos personales que pudiera derivar de la
ejecución del presente convenio, las partes se obligan expresamente a cumplir el
Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento y del Consejo, de 27 de abril de 2016,
relativo a la protección de las personas físicas por lo que respecta al tratamiento de
datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la
Directiva 95/46/CE (RGPD, en adelante) y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales
(LOPDgdd, en adelante).
La Universidad tratará los datos personales de los firmantes del convenio, de
personas de contacto y de cualesquiera otras relacionadas con su ejecución en los
siguientes términos:
a) Responsable: Universidad de Complutense de Madrid. CIF núm. Q2818014I.
Avda. de Séneca, 2. 28040 Madrid.
b) Datos de contacto del delegado de protección de datos: Puede contactarse con
el delegado de protección de datos mediante correo electrónico remitido a la cuenta
ofi.dpd@ucm.es o mediante escrito dirigido al Vicerrectorado de Empleabilidad y
Emprendimiento de la UCM.
c) Fines y base jurídica del tratamiento. Los datos personales se tratan:
– Para el desarrollo de misiones de interés público conforme al artículo 1 de la Ley
Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, al amparo de las previsiones del
artículo 6.1.e) del Reglamento General de Protección de Datos.
– Para el cumplimiento del deber legal de transparencia conforme a la Ley 19/2013,
de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
d) Destinatarios: El convenio, con indicación del nombre y apellidos de los firmantes
puede ser objeto de publicación en el Portal de Transparencia de la Universidad, en
virtud de lo dispuesto por la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a
la información pública y buen gobierno, y la Ley 10/2019, de 10 de abril, de
Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid.
e) No se prevén transferencias internacionales de datos.
f) Criterios de conservación: Los datos personales mantendrán durante la vigencia
del convenio. No obstante, serán objeto de conservación posterior en aplicación de la
legislación española sobre patrimonio histórico y documental.
g) Ejercicio de derechos: Las personas interesadas pueden ejercer sobre sus datos
personales los derechos de acceso, rectificación, supresión y limitación al tratamiento, a
la oposición a su tratamiento y, en su caso, a no ser objeto de decisiones basadas

cve: BOE-A-2021-9157
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Núm. 130