III. Otras disposiciones. COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA. Energía eléctrica. (BOE-A-2021-9171)
Resolución de 20 de mayo de 2021, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se modifican los procedimientos de operación 14.4 y 14.6 para su adaptación a las normas comunes de liquidación de intercambios intencionados y no intencionados previstas en los artículos 50(3) y 51(1) del Reglamento (UE) 2017/2195 de la Comisión, de 23 de noviembre de 2017, por el que se establece una directriz sobre el balance eléctrico.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 1 de junio de 2021

Sec. III. Pág. 67290

ANEXO II
Liquidación opcional del desvío por unidades de programación no integradas en
zona de regulación y por zona de regulación
1. Desvío de la unidad de programación no integrada en zona de regulación, de
cada unidad de adquisición de demanda, de cada unidad de programación de
importación o importación y de unidades genéricas, DSVup se calculará con la fórmula
siguiente:
DSVup = MEDBCup - (POSFINup + AJUDSVup)
MEDBCup = Medida en barras de central de la unidad up según lo establecido en el
Anexo III. En su caso, se incluirá la medida, con valor positivo, de los excedentes de
autoconsumidores asignados a la unidad de compra, u, conforme a lo dispuesto en el
PO 14.8
POSFINup = Posición final de la unidad up
AJUDSVup = Ajuste del desvío de la unidad up
2. Desvío de la zona de regulación. El desvío DSVz de cada zona de regulación se
calculará con la fórmula siguiente:
DSVz = MEDBCz - (POSFINz + AJUDSVz)
MEDBCz = Suma de la medida en barras de central de las unidades de programación
en la zona de regulación z, con su correspondiente porcentaje de participación
POSFINz = Suma de la posición final de las unidades de programación en la zona de
regulación, con su correspondiente porcentaje de participación
AJUDSVup = Suma del ajuste del desvío de las unidades de programación en la zona
z y del ajuste del desvío por aportación de energía de regulación secundaria de la zona z
3. Derecho de cobro por el desvío a subir de la unidad de programación o de la
zona de regulación con saldo neto de energía de balance SNSB a subir, cero o nulo.
El derecho de cobro del desvío a subir se calculará con la fórmula siguiente:
DCDESVup-z = DSVup-z x PMD
4. Derecho de cobro por el desvío a subir de la unidad de programación o de la
zona de regulación con desvío de BRP a subir y saldo neto de energía de balance SNSB
a bajar.
El derecho de cobro del desvío a subir se calculará con las fórmulas siguientes:
DCDESVup-z = DSVup-z x PDSVSbrp,up-z
PDSVSbrp,up-z = PDSVSbrp + (PMD - PDSVSbrp) x abs(DSVBAJbrp/DSVSUBbrp)
PDSVSbrp = Precio del desvío a subir del desvío del BRP
PDSVSbrp,up-z = Precio del desvío a subir de las unidades y zonas del BRP
DSVSUBbrp = Suma de los desvíos a subir de las unidades de programación y de la
zona del BRP
DSVBAJbrp = Suma de los desvíos a bajar de las unidades de programación y de la
zona del BRP
5. Obligación de pago por el desvío a bajar de la unidad de programación o de la
zona de regulación con desvío de BRP a bajar y saldo neto de energía de balance SNSB
a subir.
La obligación de pago del desvío a bajar se calculará con las fórmulas siguientes:

cve: BOE-A-2021-9171
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 130