II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA. Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia. (BOE-A-2021-9109)
Resolución de 12 de mayo de 2021, del Departamento de Justicia, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo singularizados de la Oficina Judicial de la provincia de Lleida.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 1 de junio de 2021

Sec. II.B. Pág. 67020

De acuerdo con lo establecido en los artículos 10.1, 10.2 y 14.2.e) de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones
públicas, las solicitudes se tendrán que presentar telemáticamente mediante la
plataforma de comunicaciones electrónicas de la Generalidad de Cataluña e-Valisa,
dirigidas a la presidenta y a la secretaria de la Comisión de Valoración, la señora Núria
Grau Casanova y la señora Laura Fernández Campillos, respectivamente.
Solo aquellas personas que no tengan acceso en su lugar de trabajo a los medios
electrónicos y no puedan presentar electrónicamente su solicitud, podrán presentarla,
con carácter excepcional, en el Registro de los Servicios Territoriales del Departamento
de Justicia en Lleida, c. de Sant Martí, 1, 25004 Lleida.
4.2 Las personas aspirantes tienen que consignar en la solicitud de participación la
denominación del puesto de trabajo al que optan y, si se quiere concursar al mismo
tiempo por más de un puesto de esta convocatoria, tendrán que indicar por orden de
preferencia las denominaciones correspondientes de los puestos a los que optan, que
figuran en el anexo 2, siempre que reúnan los requisitos que se exigen.
4.3 En la solicitud habrá que adjuntar, en su caso, fotocopias compulsadas de los
certificados o diplomas acreditativos del conocimiento del catalán, de acuerdo con lo que
dispone la base séptima, apartado 7.1, de esta resolución.
4.4 Con la solicitud se deberá adjuntar también el modelo que figura en el anexo 4,
de declaración de los méritos y capacidades que se aleguen. Estos méritos y
capacidades se tendrán que acreditar documentalmente mediante las certificaciones,
títulos, justificantes o cualquier otro medio documental, debidamente compulsados. Los
servicios prestados en la Administración de justicia con anterioridad al 1 de abril de 1996
(fecha de traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la
Generalidad de Cataluña en materia de medios personales al servicio de la
Administración de justicia) deberán ser necesariamente acreditados por los interesados.
4.5 Los aspirantes a los que hace referencia el punto 1.4 de estas bases tendrán
que adjuntar a la solicitud un informe emitido por el equipo oficial de valoración de
disminuciones del Instituto Catalán de Asistencia y Servicios Sociales (ICASS) a fin de
que la Comisión de Valoración pueda evaluar que el funcionario puede desarrollar de
manera suficiente y autónoma las funciones y tareas del puesto de trabajo objeto de
convocatoria.
4.6 La Subdirección General de Recursos Humanos y Económicos comprobará de
oficio la antigüedad en el cuerpo, relativa a lo que establece el punto 6.1 de esta
convocatoria.
4.7 Los méritos se valorarán con referencia a la fecha en que finalice el plazo de
presentación de solicitudes que se establece en el punto 4.1 de esta convocatoria.
4.8 Las solicitudes tendrán carácter vinculante para los concursantes y solo se
admitirán renuncias a la participación en el concurso cuando se presenten durante el
periodo de presentación de solicitudes.
4.9 Los participantes no podrán anular o modificar el contenido de su solicitud una
vez finalizado el periodo de presentación.
Quinta. Fases del concurso y propuesta de resolución.
5.1 Este concurso consta de dos fases que incluirán la totalidad de los méritos y
capacidades especificados en la base 6 de esta convocatoria. La propuesta de
resolución recaerá en la persona candidata que tenga la mejor valoración en el conjunto
de ambas fases.
5.2 En el caso de empate en el conjunto del concurso, este se dirimirá en función
de la mayor puntuación obtenida en el apartado de antigüedad en el cuerpo.

cve: BOE-A-2021-9109
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Núm. 130