III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Ayudas. (BOE-A-2021-9167)
Orden CIN/538/2021, de 29 de mayo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas para las Infraestructuras Científicas y Técnicas Singulares y por la que se aprueba la convocatoria correspondiente al año 2021 en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 130

Martes 1 de junio de 2021

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en dicha norma se recogen una serie de medidas de agilización de las ayudas
financiables con los fondos europeos asignados al Plan.
La utilización de fondos correspondientes al Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia del Gobierno es incompatible con la percepción de otras subvenciones,
ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad procedentes de cualquier otro fondo
europeo, tales como el FEDER, REACT-EU, FSE+, FEADER, INTERREG, HORIZONTE
EUROPA, etc.
Esta orden se estructura en tres capítulos, 54 artículos, tres disposiciones
adicionales y dos disposiciones finales. En el primer capítulo se establece el objeto de la
orden; en el segundo capítulo se regulan las bases para la concesión de ayudas públicas
para las Infraestructuras Científicas y Técnicas Singulares (ICTS); y, en el tercer capítulo,
se regula la convocatoria correspondiente a 2021 de dichas ayudas públicas.
Dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 17.1 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones y en virtud del artículo 61 del
Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, se dicta esta orden de bases reguladoras
y la convocatoria correspondiente al año 2021 de ayudas públicas destinadas a financiar
actuaciones en Infraestructuras Científicas y Técnicas Singulares (ICTS) con cargo a los
fondos europeos vinculados al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 17.1 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre y 61.2 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, esta orden ha sido
objeto de los informes favorables de la Abogacía del Estado y de la Intervención
Delegada de la Intervención General de la Administración del Estado.
En virtud de todo lo expuesto, dispongo:
CAPÍTULO I
Objeto
Artículo 1.

Objeto.

La presente orden ministerial tiene como objeto establecer las bases reguladoras de
la concesión de ayudas públicas para las Infraestructuras Científicas y Técnicas
Singulares (ICTS) y proceder a la convocatoria de concesión en el año 2021 de estas
ayudas públicas.
CAPÍTULO II
Bases reguladoras para la concesión de ayudas para las Infraestructuras
Científicas y Técnicas Singulares (ICTS)

1. Las ayudas que se financien al amparo de esta orden de bases se enmarcan en
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Gobierno español.
2. La presente orden pretende establecer las bases de la concesión, seguimiento y
justificación de las ayudas a las Infraestructuras Científicas y Técnicas Singulares (en
adelante, ICTS) cuyos beneficiarios sean organismos de investigación y entidades
titulares o gestoras de infraestructuras de investigación definidos en el artículo 5, en el
campo de sus actividades no económicas.
Artículo 3.

Finalidad de las ayudas.

1. Las ayudas objeto de esta orden tienen como finalidad facilitar la ejecución de
los Planes Estratégicos de las ICTS, entendiendo por tales las pertenecientes al Mapa
Nacional de ICTS vigente, que a la fecha de publicación de cada convocatoria hayan
sido declaradas de prioridad alta por el Comité Asesor de Infraestructuras Singulares
(CAIS) según el procedimiento de evaluación aprobado por el Consejo de Política

cve: BOE-A-2021-9167
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 2. Objeto y ámbito de aplicación.