III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Comunidad Autónoma de Canarias. Convenio. (BOE-A-2021-9049)
Resolución de 24 de mayo de 2021, del Organismo Autónomo Parques Nacionales, O.A., por la que se publica el Convenio con la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, para la implementación del indicador "Impacto de la basura marina en tortugas marinas y biota" en las áreas marinas bajo la jurisdicción de convenciones regionales y la directiva marco para la estrategia marina (Proyecto INDICIT II).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 129

Lunes 31 de mayo de 2021

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Por todo ello, deciden concertar el presente convenio al amparo de lo establecido en
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, de acuerdo con
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto del convenio.

El Convenio tiene por objeto establecer el marco de colaboración entre el OAPN y la
ULPGC, para la recopilación de datos que permitan la adecuada definición de los
criterios del indicador «Enmallamiento de fauna marina en basuras marinas» dentro del
proyecto INDICIT II, así como la elaboración de una o varias propuestas para alcanzar el
Buen Estado Ambiental (BEA) de los mares.
Segunda.

Obligaciones del OAPN.

En su colaboración con la ULPGC, el OAPN se compromete a:
1. Permitir el acceso o compartir los datos relativos a varamientos de tortugas
marinas recogidos por su institución, tanto recientes como recogidos en años anteriores,
con el programa INDICIT II a través del Socio Indicit – ULPGC, correspondiente a la
región de Canarias.
2. Recoger los datos básicos y datos opcionales establecidos en los Protocolos del
proyecto INDICIT sobre tortugas marinas, para homogenizar la recogida de datos a nivel
Europeo y permitir que puedan ser incluidos en los futuros programas de seguimiento
sobre impacto de la basura en la fauna marina de aguas europeas.
3. Congelar los ejemplares muertos de tortugas marinas varadas en su área de
actuación, para que el Socio Indicit – ULPGC pueda llevar a cabo su disección y
extracción del tracto digestivo para su posterior análisis de basuras marinas ingeridas.
Tercera.

Obligaciones de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria.

La ULPGC se compromete a:
1. Analizar los datos brutos cedidos por el OAPN y combinarlos con el resto de
datos compartidos por todos los demás colaboradores del proyecto en dicha región, con
los siguientes objetivos:

2. Almacenar los datos compartidos por el OAPN, e incluidos en la base de datos
global de proyecto, en un área privada de la web del proyecto INDICIT, accesible
exclusivamente para los socios del proyecto, durante el periodo de duración del proyecto
(2 años) + 2 años para seguir desarrollando análisis científicos globales.
3. No transferir los datos compartidos por el OAPN con ninguna otra institución o
programa sin el acuerdo expreso del OAPN, firmante de este convenio.
4. Compartir con las autoridades nacionales incluidas en el proyecto (ej. Ministerio
para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico) o con los representantes de la
Directiva Marco para la Estrategia Marina y representantes de las Convenciones Marinas
(OSPAR/Barcelona), solo los resultados de los análisis estadísticos realizados con la
base de datos global (nunca compartir los datos en bruto), y bajo el acuerdo expreso del
OAPN.

cve: BOE-A-2021-9049
Verificable en https://www.boe.es

– Cubrir los vacíos de conocimiento necesarios para configurar el indicador.
– Realizar los análisis estadísticos necesarios para desarrollar los criterios del
indicador y definir el BEA.
– Analizar las variaciones espacio-temporales del impacto de la basura en tortugas
marinas.