III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2021-9051)
Resolución de 14 de mayo de 2021, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parque eólico El Escudo de 151,2 MW, en Campoo de Yuso, Luena, San Miguel de Aguayo y Molledo (Cantabria)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 31 de mayo de 2021

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una intensidad de uso alta todo el año, que supone prácticamente el 90% de todos los
contactos, siendo la zona del aerogenerador T32 la más peligrosa. El estudio ha
revelado un elevado número de contactos (1.166 para las alturas de riesgo 3 y 4).
A partir de los resultados de IVE y Kernel, se puede concluir que el mayor riesgo de
colisión para aves planeadoras se concentra en los aerogeneradores T16-T17, T25-T29,
y en el T32 para buitre leonado. El promotor califica su riesgo únicamente como
moderado y prevé someterlos a un seguimiento especial, y en caso de comprobarse que
causan mortalidad grave contemplar medidas correctoras como su parada selectiva. El
promotor también califica como de riesgo moderado a los aerogeneradores T15-T23,
T30-T31, y T33-T35, si bien muestran unos valores de riesgo notablemente inferiores a
los del primer grupo. Finalmente considera de riesgo bajo a los aerogeneradores T03T11 + T36.
Frente a este impacto, el promotor propone:
Pintar los aerogeneradores de blanco mate para que contrasten con el fondo y sean
fácilmente detectables por las aves.
Vigilancia y retirada temprana de animales muertos o carroña que pueda atraer al
parque aves necrófagas. Como primera medida, mientras se procede a la retirada,
deben ser cubiertos por una lona.
Las inmediaciones del aparato (r = 100 m) deben mantenerse desnudas o con una
cobertura herbácea corta, con el fin de evitar la presencia de presas (lagomorfos,
roedores, insectívoros, pájaros, insectos, etc.) que puedan atraer a depredadores alados
(rapaces diurnas y nocturnas).
Plan de vigilancia ambiental específico para detectar mortalidades, valorar su
impacto sobre la población y plantear medidas correctoras. Si durante el seguimiento se
observara que algún aerogenerador resulta conflictivo por el número de colisiones y
especies implicadas, el promotor indica que procederá a su análisis y tomará medidas
tales como incrementar la visibilidad de las palas, paradas temporales en determinadas
épocas del año u horas del día, parada definitiva, reubicación o retirada.
El buitre leonado será la especie más afectada por colisión con aerogeneradores ya
que supone prácticamente el 90 % de los contactos registrados. El Alimoche merece una
atención especial, pues cuenta con una apreciable población reproductora en la zona
de 7 parejas. Se trata de una especie vulnerable, longeva, con baja densidad y baja tasa
de renovación. Esto significa que el impacto de un incremento de la mortalidad, aunque
pequeño pero sostenido en el tiempo, puede conducir a un declive de sus poblaciones a
medio plazo. El riesgo de mortalidad por colisión se incrementa por las condiciones
meteorológicas de la zona, con más de ciento veinte días de niebla al año. Asimismo el
riesgo de colisión para la comunidad de aves planeadoras protegidas de la zona se
acumula al provocado por los otros siete parques en funcionamiento o tramitación en un
entorno de 10 km del presente, lo que exige la adopción en éste y en el resto de parques
en tramitación de medidas mitigadoras de efectividad muy superior a las que serían de
aplicación si se tratase de proyectos aislados para poder evitar el impacto acumulado. A
la vista de la importancia de la zona del parque para el sobrevuelo de varias especies de
aves planeadoras protegidas, de los niveles de riesgo evaluados y de la acumulación de
impactos por la concentración de parques en el entorno, no se considera apropiado el
mantenimiento en el proyecto de todos los aerogeneradores con independencia del nivel
de riesgo de colisión que presentan, ni la previsión de diferir la adopción de medidas
mitigadoras a futuro y solo si se constata una importante mortandad de ejemplares de
especies protegidas, sin concretar un procedimiento y criterios claros para ello ni su
supervisión por ninguna administración, una vez que todas las instalaciones del parque
se encuentren construidas y en funcionamiento, lo que en la práctica supondrá una gran
dificultad y sobrecoste para la aplicación de las medidas más drásticas (parada definitiva,
reubicación, retirada del aerogenerador). Las medidas propuestas se consideran
indeterminadas e insuficientes para evitar la muerte de ejemplares de especies en
peligro de extinción (milano real), vulnerables (alimoche, aguiluchos pálido y cenizo,
águila real) o incluidas en el LESRPE (especialmente buitre leonado). Dado que se trata

cve: BOE-A-2021-9051
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Núm. 129