III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Subvenciones. (BOE-A-2021-9038)
Orden TES/527/2021, de 26 de mayo, por la que se distribuyen territorialmente para el ejercicio económico de 2021, para su gestión por las comunidades autónomas con competencias asumidas, créditos del ámbito laboral financiados con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, no financiados con el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, incluyendo aquellos destinados a la ejecución del Plan de Choque por el Empleo Joven 2019-2021 y del Plan Reincorpora-T 2019-2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 31 de mayo de 2021

Sec. III. Pág. 66525

ANEXO I
Créditos de subvenciones gestionadas por comunidades autónomas con
competencias estatutariamente asumidas en el ámbito de las políticas activas de
empleo financiadas con cargo al presupuesto del Servicio Público de Empleo
Estatal, que no se financian con el mecanismo de recuperación y resiliencia,
incluyendo aquellos destinados a la ejecución del Plan de Choque por el Empleo
Joven 2019-2021 y a la ejecución del Plan Reincorpora-T 2019-2021
El Consejo de Ministros, de conformidad con lo establecido en el artículo 86 de la
Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, en su reunión de 13 de abril
de 2021, previa a la celebración de la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos
Laborales, autorizó la distribución de fondos de los créditos previstos para el ejercicio
económico de 2021, entre las comunidades autónomas con competencias asumidas en
el ámbito laboral, incluyendo aquellos destinados a la ejecución del Plan de Choque por
el Empleo Joven 2019-2021 y del Plan Reincorpora T 2019-2021, que no se encuentran
financiados con el Marco de Recuperación y Resiliencia.
La Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales, en la reunión celebrada
el 28 de abril de 2021, aprobó los criterios de distribución territorial y la distribución
resultante de su aplicación respecto a los créditos del ejercicio 2021, para la ejecución
de los servicios y programas incluidos en los distintos ejes de políticas activas de empleo
establecidos en el artículo 10.4 del texto refundido de la Ley de Empleo, aprobado por el
Real Decreto Legislativo 3/2015, de 23 de octubre, así como el programa de
modernización de los servicios públicos de empleo.
Los criterios fijados el 28 de abril de 2021 para un total de 2.110.827.030,00 euros,
son los siguientes:
1. El programa o medida destinada a reforzar la red de los Servicios Públicos de
Empleo con 3.000 personas dedicadas a labores de orientación con un importe
de 82.620.000,00 euros recogido en la aplicación 19.101.241-A.454.90 y las
subvenciones destinadas a financiar la formación en materias relativas al diálogo social y
la negociación colectiva por importe de 10.125.000,00 euros recogido en la
aplicación 19.101.241-B.452.90, se distribuirán en la misma cantidad asignada a cada
comunidad autónoma en 2020.
2. Un total de 25.856.530,00 euros recogidos en la aplicación 19.101.241-A.454.02,
se asigna entre las diferentes Comunidades Autónomas en base a la plantilla de
personas con discapacidad severa en los Centros Especiales de Empleo, según plantilla
a 31/12/2019. Este importe es el resultado de aumentar las subvenciones destinadas al
mantenimiento de los puestos de trabajo de las personas con discapacidad en Centros
Especiales de Empleo a 31/12/2019 del 50 % del SMI al 55 % de dicho índice, de forma
similar a lo que ha sucedido desde 2019.
3. La cantidad restante, es decir, un total de 1.992.225.500,00 euros se distribuirá
entre las comunidades autónomas de la siguiente forma:
A) Un total de 1.095.724.025,00 euros, que representa el 55 % de
los 1.992.225.500,00 euros se asigna entre las comunidades autónomas en función de
los fondos que cada una recibió en 2019, exceptuando los que hubieran recibido para
financiar en dicho ejercicio los programas o subvenciones mencionados en los puntos 1
y 2 anteriores.
B) Un total de 896.501.475,00 euros, que representa el 45 % de
los 1.992.225.500,00 euros se asigna entre las comunidades autónomas en función del
grado de cumplimiento de los objetivos fijados en el correspondiente Plan Anual de
Política de Empleo para 2019 y para 2020, con la ponderación de 2/3 y 1/3
respectivamente.
4. Ninguna comunidad autónoma recibirá en 2021 una cantidad inferior a la que
tuvo en 2020.

cve: BOE-A-2021-9038
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Núm. 129