V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. (BOE-B-2021-27538)
Extracto de la Resolución de 18 de mayo de 2021 del Instituto de la Juventud, por la que se convoca la concesión de subvenciones para el mantenimiento, funcionamiento y equipamiento de asociaciones juveniles, organizaciones juveniles y entidades prestadoras de servicios a la juventud de ámbito estatal, para el año 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 129

Lunes 31 de mayo de 2021

Sec. V-B. Pág. 35705

V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030

27538

Extracto de la Resolución de 18 de mayo de 2021 del Instituto de la
Juventud, por la que se convoca la concesión de subvenciones para el
mantenimiento, funcionamiento y equipamiento de asociaciones
juveniles, organizaciones juveniles y entidades prestadoras de servicios
a la juventud de ámbito estatal, para el año 2021.

BDNS(Identif.):566092
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/
566092)
Primero. Beneficiarios:
Entidades y organizaciones de carácter no gubernamental que estén
legalmente constituidas y en su caso, debidamente inscritas en el correspondiente
Registro administrativo de ámbito estatal como:
a) Asociaciones juveniles, Federaciones o Confederaciones de Asociaciones
Juveniles.
b) Secciones Juveniles de entidades sociales u organizaciones no
gubernamentales, integradas por los miembros de entre 14 y 30 años de la
entidad, que tengan reconocidos en sus Estatutos autonomía funcional,
organización y gobierno propio para los asuntos específicamente juveniles.
c) Entidades prestadoras de servicios a la juventud, dedicadas con carácter
exclusivo a la realización de actividades en favor de la juventud según previsión
expresa en sus estatutos. Las entidades y organizaciones no gubernamentales
deberán reunir entre otros, los siguientes requisitos:
-. Tener ámbito de actuación estatal según sus Estatutos.
-. Acreditar documentalmente tener sede abierta y en funcionamiento en el
ámbito de varias Comunidades Autónomas.
-. Carecer de fines de lucro.
-. Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y
frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.

-. No estar incursas en el resto de las prohibiciones que, para obtener la
condición de beneficiario de subvenciones, se establecen en el artículo 13,
apartados 2 y 3 de la Ley General de Subvenciones.
Segundo. Finalidad:
Fomentar el movimiento asociativo juvenil de ámbito estatal contribuyendo al

cve: BOE-B-2021-27538
Verificable en https://www.boe.es

-. Haber justificado, en su caso, suficientemente las subvenciones recibidas
con anterioridad del Instituto de la Juventud.