IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN. (BOE-B-2021-27290)
BADALONA
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 129

Lunes 31 de mayo de 2021

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IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN

27290

BADALONA

Edicto
Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Badalona
Declaración de Fallecimiento 1185/2020-M2.
Decreto
Letrado de la Administración de Justicia que lo dicta: Maria Azucena del Rio
Rio.
Lugar: Badalona.
Fecha: veintitres de abril de dos mil veintiuno.
Antecedentes de Hecho.
Primero. El Procurador Pol Sans Ramirez, en nombre y representación de
Francisca Seguido Jarrillo, ha presentado una solicitud sobre Personas, familia y
acogimiento de menores (títulos II, III y D.A. 2a) respecto de Juan Seguido Jarillo
con DNI 36970391F y con domicilio en calle Valencia, 27, sótano 1, de Sant Adrià
De Besòs.
Fundamentos de Derecho
Primero. Examinada la anterior solicitud, se estima, a la vista de los datos y
documentos aportados, que la parte solicitante reúne los requisitos de capacidad y
representación procesales necesarios para comparecer en juicio conforme a lo
determinado en los arts. 6 y 7 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC).
Asimismo, tiene legitimación, y, en su caso, la postulación, suficiente para
promover el expediente conforme al art. 68.2. 4 y 70.1 de la Ley 15/2015, de 2 de
julio, de la Jurisdicción Voluntaria (LJV).
Segundo. Vistas las pretensiones formuladas en la solicitud, este Órgano
judicial tiene jurisdicción y competencia objetiva para conocerlas, según los arts. 36
y 45 LEC.
Asimismo, es competente territorialmente para conocer de la demanda por
aplicación del art. 68.1 LJV.

Parte Dispositiva
Admito la solicitud presentada por el Procurador Pol Sans Ramirez en nombre
y representación de Francisca Seguido Jarillo, sobre Personas, familia y
acogimiento de menores (Títulos II, III y D.A. 2a) respecto de Juan Seguido Jarillo
con domicilio en calle Valencia, 27, sótano, 1 de Sant Adrià De Besòs. Tengo al
referido Procurador como comparecido y parte en la representación que acredita.

cve: BOE-B-2021-27290
Verificable en https://www.boe.es

Tercero. Por último, la solicitud debe sustanciarse por los trámites de los arts.
74 y 17 LJV y celebrar la comparecencia prevista en el mismo con las
especialidades indicadas en el art.18 de la citada ley.