III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Convenios. (BOE-A-2021-8983)
Resolución 420/38188/2021, de 21 de mayo, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad Pontificia Comillas, para la realización de prácticas académicas externas en unidades, centros y organismos del Ministerio de Defensa y la realización de acciones en áreas de interés común.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 29 de mayo de 2021

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i) Las prácticas consistirán en el desarrollo de las actividades relacionadas en el
correspondiente proyecto formativo, cuyo modelo se incorpora como anexo a este
convenio. A este anexo se incorporarán las declaraciones de conformidad de los
estudiantes, por las que manifiestan conocer las condiciones de realización de las
prácticas, sus derechos y deberes.
j) Los trabajos académicos desarrollados por los estudiantes durante las
actividades objeto de este convenio, ya sean de carácter documental, científico o de
desarrollo tecnológico, podrán ser utilizados por el MINISDEF, si resultan de interés para
éste, y cumpliendo, en cualquier caso, la normativa vigente sobre propiedad intelectual.
Si el trabajo se publica, incluirá una referencia o agradecimiento al MINISDEF.
k) Por causas debidamente justificadas, y tras el trámite de audiencia, cualquiera
de las partes podrá resolver el período de prácticas a cualquier estudiante.
Cuarta. Confidencialidad de la Información y Protección de Datos de Carácter
Personal.
La información que, en el marco de la ejecución de este convenio, obtenga la
Universidad Pontificia Comillas del MINISDEF, con la expresa autorización de éste para
su explotación, tendrá la consideración de «uso público» y podrá ser usada públicamente
sin restricciones.
Las partes acuerdan que el resto de la información que se revelen mutuamente o a la
que puedan acceder durante las actividades amparadas por este convenio tendrá la
consideración de «uso oficial»; por lo que se comprometen a guardar la debida reserva
sobre dicha información.
El citado deber de reserva permanecerá durante el periodo de vigencia del presente
convenio y subsistirá con posterioridad a la extinción de éste. Asimismo, las partes se
comprometen a devolverse o destruir la documentación recibida en el momento de
extinción del presente convenio sin que sea necesario requerimiento previo para ello.
Queda excluida del presente convenio la Información Clasificada del MINISDEF, cuya
protección se regula por la normativa específica, y que no puede ser cedida a organismos o
personas que no cuenten con los acuerdos o habilitaciones de seguridad pertinentes.
Con respecto a los datos de carácter personal, las partes se comprometen a
cumplir, en los términos que sea de aplicación, lo que está establecido en el
Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril
de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al
tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se
deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de protección de datos, RGPD), y
en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y
garantía de los derechos digitales, así como en las disposiciones de desarrollo que se
dicten.
Sobre el MINISDEF y la Universidad Pontifica de Comillas tienen la consideración
de responsables de los tratamientos propios en que se incorporen datos personales
que, respectivamente, se recaben de los alumnos. El acceso a los datos personales
por una de las partes intervinientes en el convenio a los datos personales de la otra
parte se realizará en la condición de encargado de tratamiento de los datos
personales, y única y exclusivamente conforme a la finalidad que derive del objeto del
convenio. Los datos personales no se cederán ni se comunicarán a terceros, salvo
cuando se cedan a encargado de tratamiento o cuando la cesión deba tener lugar
conforme a la legalidad.
Las partes intervinientes en el convenio asumen que deben informar a los titulares
de los datos personales de las características del tratamiento de los datos personales
que, en el marco del convenio, se llevará a cabo; asumen que han de obtener el
consentimiento de los titulares de los datos personales para llevar a efecto los
tratamientos de los datos personales que sean consecuencia de las actuaciones
previstas en el convenio y también asumen las obligaciones derivadas de la obligación
de implementar las oportunas medidas técnicas y organizativas, así como de

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Núm. 128