III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Convenios. (BOE-A-2021-8995)
Resolución de 20 de mayo de 2021, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se publica el Convenio con Illusion Stage Entertainment, SL, para la organización de prácticas para alumnos del Centro de Tecnología del Espectáculo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 128

Sábado 29 de mayo de 2021

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obligaciones que asumirían para dar cumplimiento a la normativa de desarrollo del citado
real decreto-ley.
Segunda.

Compromisos del INAEM.

El INAEM, en relación con las prácticas externas, asume los siguientes
compromisos:
1. Seleccionar, conforme a la formación adquirida, la aptitud mostrada y la
capacidad de tutorización efectiva de la contraparte, el alumnado para las prácticas. A tal
efecto, el número de personas en prácticas no excederá, en ningún caso, de doce por
área de especialización. Igualmente, el INAEM establecerá los sistemas de evaluación
adecuados a las prácticas externas y a los estudiantes que en ellas participen.
2. Nombrar un tutor formativo como guía y asesor, que se responsabilice de la
correcta ejecución de las prácticas, así como de evaluar el desempeño del alumno.
3. Asegurar cualquier eventual daño a bienes o a terceros que se produjera como
resultado directo de la actividad de los alumnos, a través de una póliza del CTE.
4. Informar a los estudiantes que participen en el proceso formativo de los
compromisos que adquieren en virtud del presente convenio.
Tercera. Compromisos de Illusion Stage Entertainment S.L.
Illusion Stage Entertainment S.L., en relación a las prácticas externas, asume los
siguientes compromisos:
1. Supervisar el desarrollo del proceso formativo, aplicando los mecanismos de
evaluación fijados por el CTE.
2. Nombrar un tutor formativo que asuma el asesoramiento metodológico y técnico
del estudiante, así como el proceso de evaluación.
3. Supervisar en todo momento las actividades de los estudiantes a través de un
técnico competente. Los alumnos en prácticas no sustituirán en ningún caso al personal
competente apto para la realización de las tareas en las que intervengan, ni asumirán
responsabilidades profesionales de manera no tutorizada.
4. Informar a los estudiantes de los sistemas de seguridad y prevención de riesgos
laborales aplicables a los procedimientos que deba poner en práctica el estudiante.
Cuarta.

Derechos y deberes de los estudiantes en prácticas.

– A la tutela, durante todo el período de duración de las prácticas, por un
responsable del CTE y por un profesional de Illusion Stage Entertainment S.L.
– A la evaluación de su desempeño de acuerdo con los criterios establecidos por el
CTE.
– A la obtención de un informe de la actividad desarrollada, especificando su
duración y rendimiento.
– A ser informado en todo momento de la normativa de seguridad y prevención de
riesgos laborales.
– A conciliar, en el caso de los estudiantes con algún tipo de discapacidad, la
realización de las prácticas con aquellas actividades y situaciones personales derivadas
o conectadas con la situación de discapacidad.
– Aquellos otros derechos previstos en la normativa vigente o en este convenio.

cve: BOE-A-2021-8995
Verificable en https://www.boe.es

Durante la realización de las prácticas académicas externas, los estudiantes tendrán
los siguientes derechos: