I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Formación profesional. (BOE-A-2021-8975)
Real Decreto 297/2021, de 27 de abril, por el que se establecen determinadas cualificaciones profesionales de las familias profesionales Agraria, Comercio y Marketing, Energía y Agua, Hostelería y Turismo, Instalación y Mantenimiento, Madera, Mueble y Corcho, Marítimo-Pesquera y Transporte y Mantenimiento de Vehículos, que se incluyen en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, y se actualizan determinadas cualificaciones profesionales de las familias profesionales Agraria, Hostelería y Turismo, Instalación y Mantenimiento, Madera, Mueble y Corcho, Marítimo-Pesquera y Transporte y Mantenimiento de Vehículos, recogidas en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, establecidas por determinados reales decretos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 128

Sábado 29 de mayo de 2021

Sec. I. Pág. 65341

ganadería, comercialización de genética, piensos, medicamentos y materiales relacionados
con este tipo de producción.
Ocupaciones y puestos de trabajo relevantes
Los términos de la siguiente relación de ocupaciones y puestos de trabajo se utilizan con
carácter genérico y omnicomprensivo de mujeres y hombres.
Trabajadores de ganadería en general
Trabajadores de la cría de animales para peletería
Trabajadores de la cría de conejos
Formación Asociada (240 horas)
Módulos Formativos
MF0282_2: Producción de conejos para reproducción, obtención de carne y otras
producciones (150 horas)
MF0006_2: Instalaciones, maquinaria y equipos de la explotación ganadera (90 horas)

UNIDAD DE COMPETENCIA 1: PRODUCIR CONEJOS PARA REPRODUCCIÓN,
OBTENCIÓN DE CARNE Y OTRAS PRODUCCIONES CUNÍCOLAS
Nivel: 2
Código: UC0282_2
Realizaciones profesionales y criterios de realización:

CR1.1 Las instalaciones se desinfectan, siguiendo el protocolo del sistema, todo
dentro todo fuera, antes de introducir a los animales nuevos.
CR1.2 Los abuelos y abuelas de renovación se aíslan durante la cuarentena,
evitando la introducción de enfermedades, facilitando su adaptación a la granja.
CR1.3 Los conejos de renovación se alimentan de la forma y en la cantidad
indicadas para optimizar su condición física y maximizar los resultados reproductivos.
CR1.4 Los animales de renovación se someten a un programa sanitario específico
(vacunal y de tratamiento), según prescripción y bajo supervisión facultativas.
CR1.5 El celo se detecta de forma sistemática, programando que la cubrición se
realice en el momento preciso para asegurar la gestación, maximizando la prolificidad
de las hembras.
CR1.6 Las hembras se cubren por monta natural y/o inseminación artificial de la
forma y/o con la técnica establecida, en el momento preciso según el programa
reproductivo de la explotación y siguiendo protocolos establecidos.
CR1.7 Las hembras reproductoras de la explotación cunícola, se sacrifican según
procedimiento de urgencia o emergencia, aplicando criterios de edad y disminución
de productividad, cumpliendo la normativa aplicable de bienestar animal.
CR1.8 Los datos referentes al manejo de conejos de renovación se recopilan,
registrándose en el soporte y formato establecidos.
RP2: Realizar operaciones de manejo de las conejas durante la gestación, parto y lactación
para obtener el mayor número posible de gazapos nacidos vivos con el peso requerido,

cve: BOE-A-2021-8975
Verificable en https://www.boe.es

RP1: Manejar los conejos de renovación adaptándolos a la explotación como reproductores,
para optimizar su productividad, siguiendo los protocolos establecidos y cumpliendo la
normativa aplicable de sanidad y bienestar animal.