IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE LO MERCANTIL. (BOE-B-2021-27098)
PAMPLONA
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 128

Sábado 29 de mayo de 2021

Sec. IV. Pág. 35145

La presente resolución es firme y contra la misma no cabe interponer recurso
alguno (artículo 481.1 del texto refundido de la Ley Concursal).
No obstante, lo anterior, contra la presente cabe interponer recurso de
reposición frente a la resolución de la concesión del beneficio de exoneración en el
plazo de cinco días.
Llévese testimonio de la presente resolución a la Sección Primera y Segunda
de este concurso.
Pamplona, 20 de mayo de 2021.- El Letrado de la Administración de Justicia,
María Mercedes San Martín Cidriain.

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D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X