II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y FUNCIÓN PÚBLICA. Cuerpos y Escalas de la Administración General del Estado. (BOE-A-2021-8892)
Resolución de 26 de mayo de 2021, de la Secretaría de Estado de Política Territorial y Función Pública, por la que se convocan procesos selectivos para ingreso, acceso y estabilización de empleo temporal en Cuerpos y Escalas de la Administración General del Estado, y se encarga su realización a la Comisión Permanente de Selección.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 28 de mayo de 2021

Sec. II.B. Pág. 64813

Estado, en cuerpos y escalas postales y telegráficos y en cuerpos y escalas de las
demás Administraciones incluidas en el artículo 2.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015,
de 30 de octubre, a razón de 1 punto por año completo de servicios, hasta un máximo
de 28 puntos.
b) Grado personal consolidado y formalizado en la Administración General del
Estado. Según el grado personal que se tenga consolidado el día de la publicación de
esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», siempre que esté formalizado en la
Administración General del Estado a través del acuerdo de reconocimiento de grado por
la autoridad competente hasta la fecha de finalización del plazo de presentación del
certificado de requisitos y méritos, se otorgará la siguiente puntuación:
Grados 14 e inferior: 2 puntos.
Grados 15 a 17: 6 puntos.
Grados 18 a 20: 9 puntos.
Grados 21 o superior: 13 puntos.
Se otorgarán 2 puntos a aquellos funcionarios que en la fecha de publicación de la
convocatoria no tengan ningún grado consolidado y formalizado en la Administración
General del Estado.
c) Trabajo desarrollado. Según el nivel de complemento de destino correspondiente
al puesto de trabajo que se ocupe con carácter definitivo en la Administración General
del Estado, en sus organismos autónomos y en sus agencias estatales el día de
publicación de esta convocatoria, como funcionario del subgrupo C1, se otorgará la
siguiente puntuación:
Niveles 15 e inferiores: 3 puntos.
Niveles 16 y 17: 7 puntos.
Niveles del 18 al 20: 10 puntos.
Nivel 21 o superiores: 14 puntos.
La valoración efectuada en este apartado no podrá ser modificada por posteriores
reclasificaciones de nivel, con independencia de la fecha de efectos.
A los funcionarios en comisión de servicios, se les valorará el nivel de complemento
de destino de su puesto de origen, y a los funcionarios en adscripción provisional se les
valorará el nivel correspondiente al grado que tengan consolidado en la Administración
General del Estado o, si no lo tuvieran, el nivel mínimo del subgrupo C1.
A los funcionarios que se encuentren en la situación de excedencia por el cuidado de
familiares con reserva de puesto de trabajo, se les valorará el nivel del puesto reservado
en la Administración General del Estado, sus organismos autónomos y sus agencias
estatales, y a los funcionarios en la situación de servicios especiales con derecho a
reserva de puesto en la Administración General del Estado, sus organismos autónomos
y sus agencias estatales, el nivel del puesto de trabajo en que les correspondería
efectuar el reingreso.
Se otorgarán 3 puntos a los funcionarios de cuerpos y escalas de la Administración
General del Estado con destino en otras Administraciones, en Órganos constitucionales
o en otros organismos no mencionados en los párrafos anteriores, así como a los
funcionarios de cuerpos y escalas postales y telegráficos que no tengan destino en la
Administración General del Estado, sus organismos autónomos y sus agencias estatales.
d) Cursos de formación. Se valorará un máximo de seis cursos de formación,
recibidos y acreditados en los cinco años anteriores a la fecha de publicación de esta
convocatoria, cuyo contenido esté directamente relacionado con las funciones propias
del cuerpo al que se pretende acceder y que hayan sido convocados, impartidos u
homologados por el Instituto Nacional de Administración Pública, por otros institutos de
Administración Pública o por organizaciones sindicales u otros agentes promotores
dentro del marco del Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones
Públicas de 9 de marzo de 2018.
Se valorará 0,5 puntos por curso, hasta una puntuación máxima de 3 puntos.

cve: BOE-A-2021-8892
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Núm. 127