II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y FUNCIÓN PÚBLICA. Cuerpos y Escalas de la Administración General del Estado. (BOE-A-2021-8892)
Resolución de 26 de mayo de 2021, de la Secretaría de Estado de Política Territorial y Función Pública, por la que se convocan procesos selectivos para ingreso, acceso y estabilización de empleo temporal en Cuerpos y Escalas de la Administración General del Estado, y se encarga su realización a la Comisión Permanente de Selección.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 127

Viernes 28 de mayo de 2021

Sec. II.B. Pág. 64812

La Comisión Permanente de Selección fijará la puntuación directa mínima necesaria
que se debe alcanzar para superar el ejercicio. La puntuación directa mínima no podrá
ser inferior al 30 por ciento de la puntuación máxima obtenible.
Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y
seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el órgano de selección
deberá publicar, con anterioridad a la realización de la prueba, los criterios de corrección,
valoración y superación de aquella, que no estén expresamente establecidos en las
bases de esta convocatoria.
Segundo ejercicio: Se calificará de 0 a 50 puntos, siendo necesario obtener una
calificación mínima de 25 puntos para superarlo.
La Comisión Permanente de Selección fijará las puntuaciones directas mínimas
necesarias para superar cada uno de los ejercicios.
En ambos ejercicios de la fase de oposición las calificaciones resultarán de la
transformación de las puntuaciones directas que se deriven de los baremos establecidos
por la Comisión Permanente de Selección, teniendo en cuenta lo siguiente:
Las puntuaciones directas mínimas que la Comisión Permanente de Selección fije
para superar cada ejercicio equivaldrán a las calificaciones mínimas necesarias para
superarlos.
Las puntuaciones directas máximas obtenibles equivaldrán a las calificaciones
máximas de cada ejercicio.
La calificación de la fase de oposición de los aspirantes vendrá determinada por la
suma de las calificaciones obtenidas en los diferentes ejercicios de dicha fase.
Los aspirantes que hubieran superado el primer ejercicio y presentados al segundo
no hubieran alcanzado la calificación mínima establecida por la Comisión Permanente de
Selección para superar dicho ejercicio, quedarán exentos de realizar el primer ejercicio
en la convocatoria inmediata siguiente, y se les computará una calificación equivalente a
la obtenida, siempre y cuando este ejercicio sea análogo en el contenido del temario y en
la forma de calificación, salvo actualización normativa.
Para hacer uso de este derecho, deberán presentar solicitud de participación a las
pruebas selectivas, así como acreditar, conforme a la base específica 7.4, el
cumplimiento de los requisitos referidos a la convocatoria que generó la exención.
No obstante, si los aspirantes optan por realizar el ejercicio del que hubieran
quedado exentos, quedará sin efecto el resultado obtenido en aquel en la convocatoria
inmediata anterior.
4.2

Fase de concurso y certificado de requisitos y méritos.

‒ Modelo 4 para el personal funcionario de carrera.
‒ Modelo 5 para el personal laboral fijo.
4.2.3 Fase de concurso. En esta fase se valorarán, mediante el certificado de
requisitos y méritos previsto en el punto 4.2.1 de este anexo, los siguientes méritos:
4.2.3.1

Personal funcionario de carrera:

a) Antigüedad. Se valorará la antigüedad del funcionario, hasta la fecha de
publicación de esta convocatoria, en cuerpos y escalas de la Administración General del

cve: BOE-A-2021-8892
Verificable en https://www.boe.es

4.2.1 Finalizada la fase de oposición, los aspirantes que la hubieran superado
dispondrán de un plazo de 20 días hábiles para presentar el certificado de requisitos y
méritos cumplimentado conforme a la base específica 7.4 de esta convocatoria.
4.2.2 Acreditación de requisitos y méritos. El certificado de requisitos y méritos
habrá de contener la acreditación de los requisitos específicos contenidos en los
puntos 2.2 y 2.3 y de los méritos contenidos en el punto 4.2.3 de estas normas
específicas según los siguientes modelos: