II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y FUNCIÓN PÚBLICA. Cuerpos y Escalas de la Administración General del Estado. (BOE-A-2021-8892)
Resolución de 26 de mayo de 2021, de la Secretaría de Estado de Política Territorial y Función Pública, por la que se convocan procesos selectivos para ingreso, acceso y estabilización de empleo temporal en Cuerpos y Escalas de la Administración General del Estado, y se encarga su realización a la Comisión Permanente de Selección.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 127

Viernes 28 de mayo de 2021

Sec. II.B. Pág. 64800

Esta valoración se realizará de acuerdo con la siguiente puntuación:
b.2.1) Se valorará con 0,5 puntos la posesión de un título de Licenciado, Ingeniero
o Arquitecto, y con 1,5 puntos la posesión de un título superior a éstos.
b.2.2) Se valorará con un punto haber superado un ejercicio en las tres últimas
convocatorias al Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado, ingreso libre.
4.2.2.2

Escala de Gestión de Organismos Autónomos:

a) Méritos profesionales: Se valorarán los servicios efectivos prestados hasta la
fecha de publicación de esta convocatoria, hasta un máximo de 54 puntos, de acuerdo
con la siguiente puntuación:
a.1) Servicios prestados en la Escala de Gestión de Organismos Autónomos: a
razón de 0,45 puntos por mes completo de servicios efectivos, hasta un máximo de 54
puntos.
a.2) Servicios prestados en otros Cuerpos o Escalas de la Administración General
del Estado: a razón de 0,18 puntos por mes completo de servicios efectivos, hasta un
máximo de 21,6 puntos.
a.3) Servicios prestados en Cuerpos o Escalas de otras Administraciones Públicas:
a razón de 0,09 puntos por mes completo de servicios efectivos, hasta un máximo
de 10,8 puntos.
a.4) Servicios prestados en órganos constitucionales y resto del sector público: a
razón de 0,045 puntos por mes completo de servicios efectivos, hasta un máximo de 5,4
puntos.
Méritos académicos: Hasta un máximo de 6 puntos:

b.1) Cursos de formación: Se valorarán un máximo de diez cursos de formación
recibidos o impartidos, en los diez años anteriores a la fecha de publicación de esta
convocatoria, cuyo contenido esté directamente relacionado con las funciones propias de
la Escala de Gestión de Organismos Autónomos y que hayan sido convocados,
impartidos u homologados por el Instituto Nacional de Administración Pública, por otros
institutos de Administración Pública o por organizaciones sindicales u otros agentes
promotores, dentro del marco del Acuerdo de Formación para el Empleo de las
Administraciones Públicas de 9 de marzo de 2018 o de los Planes de Formación
Continua del personal de las Administraciones Públicas.
Se valorarán 0,45 puntos por curso, hasta una puntuación máxima de 4,5 puntos.
No se valorarán los cursos que no acrediten las fechas de realización y las horas de
duración. Asimismo, no se valorarán los inferiores a 15 horas lectivas, los pertenecientes
a una carrera universitaria, los de doctorado, los derivados de procesos selectivos, los
diplomas relativos a jornadas, seminarios, simposios y similares.
Aquellos cursos de formación objeto de valoración que no estén debidamente
anotados en el Registro Central de Personal deberán ser acreditados por el aspirante
ante los servicios centrales de personal o equivalentes, quienes deberán acreditar este
mérito en el correspondiente certificado de requisitos y méritos. No se valorará ningún
curso que no haya sido acreditado por las unidades centrales de personal en este
certificado.
b.2) Otros méritos: Se valorará con un máximo de 1,5 puntos estar en posesión de
alguna titulación académica superior a la exigida en el punto 2 de este anexo el día de
publicación de la presente convocatoria, o haber superado alguno de los ejercicios
exigidos para el acceso a la Escala de Gestión de Organismos Autónomos, en la última
convocatoria.
Esta valoración se realizará de acuerdo con la siguiente puntuación:
b.2.1) Se valorará con 0,5 puntos la posesión de un título de Licenciado, Ingeniero
o Arquitecto, y con 1,5 puntos la posesión de un título superior a éstos.

cve: BOE-A-2021-8892
Verificable en https://www.boe.es

b)