II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y FUNCIÓN PÚBLICA. Cuerpos y Escalas de la Administración General del Estado. (BOE-A-2021-8892)
Resolución de 26 de mayo de 2021, de la Secretaría de Estado de Política Territorial y Función Pública, por la que se convocan procesos selectivos para ingreso, acceso y estabilización de empleo temporal en Cuerpos y Escalas de la Administración General del Estado, y se encarga su realización a la Comisión Permanente de Selección.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 127

Viernes 28 de mayo de 2021

4.2

Sec. II.B. Pág. 64799

Fase de concurso.

4.2.1 Finalizada la fase de oposición, los aspirantes que la hubieran superado
dispondrán de un plazo de 20 días hábiles para presentar el certificado de requisitos y
méritos según el modelo 6 conforme a lo establecido en la base específica 8 de esta
convocatoria.
4.2.2 En la fase de concurso se valorarán hasta un máximo de 60 puntos, mediante
el certificado de requisitos y méritos, los siguientes méritos:
4.2.2.1

Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado:

a) Méritos profesionales: Se valorarán los servicios efectivos prestados hasta la
fecha de publicación de esta convocatoria, hasta un máximo de 54 puntos, de acuerdo
con la siguiente puntuación:
a.1) Servicios prestados en el Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del
Estado: a razón de 0,45 puntos por mes completo de servicios efectivos, hasta un
máximo de 54 puntos.
a.2) Servicios prestados en otros Cuerpos o Escalas de la Administración General
del Estado: a razón de 0,18 puntos por mes completo de servicios efectivos, hasta un
máximo de 21,6 puntos.
a.3) Servicios prestados en Cuerpos o Escalas de otras Administraciones Públicas:
a razón de 0,09 puntos por mes completo de servicios efectivos, hasta un máximo
de 10,8 puntos.
a.4) Servicios prestados en órganos constitucionales y resto del sector público: a
razón de 0,045 puntos por mes completo de servicios efectivos, hasta un máximo de 5,4
puntos.
Méritos académicos: Hasta un máximo de 6 puntos.

b.1) Cursos de formación: Se valorarán un máximo de diez cursos de formación
recibidos o impartidos, en los diez años anteriores a la fecha de publicación de esta
convocatoria, cuyo contenido esté directamente relacionado con las funciones propias
del Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado y que hayan sido
convocados, impartidos u homologados por el Instituto Nacional de Administración
Pública, por otros institutos de Administración Pública o por organizaciones sindicales u
otros agentes promotores, dentro del marco del Acuerdo de Formación para el Empleo
de las Administraciones Públicas de 9 de marzo de 2018 o de los Planes de Formación
Continua del personal de las Administraciones Públicas.
Se valorarán 0,45 puntos por curso, hasta una puntuación máxima de 4,5 puntos.
No se valorarán los cursos que no acrediten las fechas de realización y las horas de
duración. Asimismo, no se valorarán los inferiores a 15 horas lectivas, los pertenecientes
a una carrera universitaria, los de doctorado, los derivados de procesos selectivos, los
diplomas relativos a jornadas, seminarios, simposios y similares.
Aquellos cursos de formación objeto de valoración que no estén debidamente
anotados en el Registro Central de Personal deberán ser acreditados por el aspirante
ante los servicios centrales de personal o equivalentes, quienes deberán acreditar este
mérito en el correspondiente certificado de requisitos y méritos. No se valorará ningún
curso que no haya sido acreditado por las unidades centrales de personal en este
certificado.
b.2) Otros méritos: Se valorará con un máximo de 1,5 puntos estar en posesión de
alguna titulación académica superior a la exigida en el punto 2 de este anexo el día de
publicación de la presente convocatoria, o haber superado alguno de los ejercicios
exigidos para el acceso al Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado,
ingreso libre, en las tres últimas convocatorias.

cve: BOE-A-2021-8892
Verificable en https://www.boe.es

b)