II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y FUNCIÓN PÚBLICA. Cuerpos y Escalas de la Administración General del Estado. (BOE-A-2021-8892)
Resolución de 26 de mayo de 2021, de la Secretaría de Estado de Política Territorial y Función Pública, por la que se convocan procesos selectivos para ingreso, acceso y estabilización de empleo temporal en Cuerpos y Escalas de la Administración General del Estado, y se encarga su realización a la Comisión Permanente de Selección.
97 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 28 de mayo de 2021

Sec. II.B. Pág. 64732

Ministerio de Política Territorial y Función Pública (BOE del 8 de mayo de 2019), y con el
Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de
actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, los aspirantes
deberán realizar la presentación de la instancia por medios electrónicos a través del
servicio de Inscripción en Pruebas Selectivas (IPS) del Punto de Acceso General, de
acuerdo con las instrucciones que se indiquen.
6.2 Los sistemas de identificación y firma admitidos para realizar la inscripción
serán los que determine el servicio de IPS.
6.3 Para participar en estas pruebas selectivas se deberá cumplimentar y presentar
electrónicamente la solicitud de admisión en el modelo oficial 790, que estará disponible en
el Punto de Acceso General (https://ips.redsara.es/IPSC/secure/buscarConvocatorias). La
no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.
6.4 Los interesados dispondrán de un plazo de presentación de veinte días hábiles
contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en
el «Boletín Oficial del Estado».
6.5 Los aspirantes que, de acuerdo con lo dispuesto en el punto 6 del apartado
Decimocuarto de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio (BOE de 22 de julio), por la que
se establecen las bases comunes, estén exentos del pago de la tasa o tengan derecho a
la reducción de esta, deberán acompañar a la solicitud la documentación acreditativa
indicada en la base específica 6.10.2. No será necesario presentar esta documentación
si el interesado consiente en la solicitud el acceso a la Plataforma de Intermediación de
Datos.
6.6 En ningún caso, el pago de la tasa de los derechos de examen o la justificación
de la concurrencia de alguna de las causas de su exención total o parcial supondrá la
sustitución del trámite de registro, en tiempo y forma, de la solicitud.
6.7 Si una incidencia técnica debidamente acreditada imposibilitara el
funcionamiento ordinario de los sistemas, el órgano convocante podrá acordar la
ampliación del plazo de presentación de solicitudes o la cumplimentación y presentación
sustitutoria.
6.8 Los aspirantes sólo podrán presentar una solicitud en el mismo proceso
selectivo. Igualmente, quienes soliciten participar por el cupo reserva de personas con
discapacidad (CRD), bien general (G) o bien intelectual (I), únicamente podrán presentar
una solicitud por este cupo.
6.9 El tratamiento de la información se ajustará a lo establecido en la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales, y en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que
respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el
que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos), así
como la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público y demás disposiciones que resulten de aplicación.
Los datos personales recogidos en la solicitud de admisión serán tratados con la
finalidad de la gestión de las pruebas selectivas y las comunicaciones necesarias para
ello y del análisis y estudio de los datos relativos a estos procesos selectivos.
El nombre, apellidos y número del documento de identidad se publicarán respetando
la anonimización exigida en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, Protección de
Datos Personales y garantía de los derechos digitales. El INAP tomará medidas para que
esa información no sea indexada por los buscadores de internet.
La Gerencia del INAP es responsable del tratamiento de esos datos y publica su
política de protección de datos en https://sede.inap.gob.es/proteccion-de-datospersonales.
Los derechos de protección de datos de los solicitantes se podrán ejercer
dirigiéndose al responsable del tratamiento por vía electrónica a través de la sede

cve: BOE-A-2021-8892
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 127