II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y FUNCIÓN PÚBLICA. Cuerpos y Escalas de la Administración General del Estado. (BOE-A-2021-8892)
Resolución de 26 de mayo de 2021, de la Secretaría de Estado de Política Territorial y Función Pública, por la que se convocan procesos selectivos para ingreso, acceso y estabilización de empleo temporal en Cuerpos y Escalas de la Administración General del Estado, y se encarga su realización a la Comisión Permanente de Selección.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 28 de mayo de 2021

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d) Cursos de formación. Se valorará un máximo de seis cursos de formación,
recibidos y acreditados en los cinco años anteriores a la fecha de publicación de esta
convocatoria, cuyo contenido esté directamente relacionado con las funciones propias
del cuerpo al que se pretende acceder y que hayan sido convocados, impartidos u
homologados por el Instituto Nacional de Administración Pública, por otros institutos de
Administración Pública o por organizaciones sindicales u otros agentes promotores
dentro del marco del Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones
Públicas de 9 de marzo de 2018.
Se valorará 0,5 puntos por curso, hasta una puntuación máxima de 3 puntos.
No se valorarán los cursos que no acrediten las fechas de realización y las horas de
duración. Asimismo, no se valorarán los inferiores a quince horas lectivas, los
pertenecientes a una carrera universitaria, los de doctorado, los derivados de procesos
selectivos y los diplomas relativos a jornadas, seminarios, simposios y similares.
No se valorará ningún curso que no haya sido acreditado por las unidades centrales
de personal en el certificado de requisitos y méritos. Aquellos cursos de formación objeto
de valoración que no estén debidamente anotados en el Registro Central de Personal
deberán ser acreditados por el aspirante ante los servicios centrales de personal o
equivalentes, quienes acreditarán este mérito en el correspondiente certificado de
requisitos y méritos.
e) Superación del ejercicio en la última convocatoria celebrada. Este mérito se
valorará de oficio asignando 3 puntos a aquellos candidatos que, habiendo superado la
fase de oposición, no hubieran obtenido finalmente plaza, de acuerdo con la Resolución
de 14 de junio de 2019, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se
convocan pruebas selectivas para ingreso o acceso en Cuerpos y Escalas de la
Administración General del Estado, y se encarga su realización a la Comisión
Permanente de Selección.
5. Calificación final. La calificación final vendrá determinada por la suma de la
calificación obtenida en la fase de oposición y la puntuación obtenida en la fase de
concurso.
En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:
5.1 Personal funcionario de carrera. Primero: La mayor calificación obtenida en la
fase de oposición; segundo: la mayor puntuación obtenida en la valoración del mérito de
antigüedad; tercero: la mayor puntuación obtenida en la valoración del grado personal
consolidado; cuarto: la mayor puntuación obtenida en la valoración del trabajo
desarrollado; quinto: la mayor puntuación obtenida en la valoración de los cursos de
formación.
De persistir el empate, se atenderá a la antigüedad total en la Administración General
del Estado, y se computarán los años, meses y días de servicio que consten en el
Registro Central de Personal al día de publicación de esta convocatoria.
5.2 Personal laboral fijo. Primero: La mayor calificación obtenida en la fase de
oposición; segundo: la mayor puntuación obtenida en la valoración del mérito de
antigüedad; tercero: la mayor puntuación obtenida en la valoración del trabajo
desarrollado; cuarto: la mayor puntuación obtenida en la valoración de los cursos de
formación.
De persistir el empate, se atenderá a la antigüedad total en la Administración General
del Estado, y se computarán los años, meses y días de servicio que consten en el
Registro Central de Personal al día de publicación de esta convocatoria. En el caso de
que no consten estos datos en el citado Registro, serán los servicios centrales de
personal correspondientes o equivalentes los que acreditarán los referidos datos al día
de publicación de la convocatoria.
5.3 Personal funcionario y personal laboral fijo. Se atenderá, primero, a la mayor
calificación obtenida en la fase de oposición; y segundo, a la antigüedad total en la
Administración General del Estado, y se computarán los años, meses y días de servicio
que consten en el Registro Central de Personal al día de publicación de esta

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Núm. 127