II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y FUNCIÓN PÚBLICA. Cuerpos y Escalas de la Administración General del Estado. (BOE-A-2021-8892)
Resolución de 26 de mayo de 2021, de la Secretaría de Estado de Política Territorial y Función Pública, por la que se convocan procesos selectivos para ingreso, acceso y estabilización de empleo temporal en Cuerpos y Escalas de la Administración General del Estado, y se encarga su realización a la Comisión Permanente de Selección.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 127

Viernes 28 de mayo de 2021

4.2

Sec. II.B. Pág. 64746

Fase de concurso y certificado de requisitos y méritos.

4.2.1 Finalizada la fase de oposición, los aspirantes que la hubieran superado
dispondrán de un plazo de veinte días hábiles para presentar el certificado de requisitos
y méritos cumplimentado conforme a la base específica 7.4 de esta convocatoria.
4.2.2 Acreditación de requisitos y méritos. El certificado de requisitos y méritos
habrá de contener la acreditación de los requisitos específicos contenidos en los
puntos 2.2 y 2.3 y de los méritos contenidos en el punto 4.2.3 de estas normas
específicas según los siguientes modelos:
‒ Modelo 1 para el personal funcionario de carrera.
‒ Modelo 2 para el personal laboral fijo incluido dentro del ámbito de aplicación del
punto 2.2.2 de este anexo.
‒ Modelo 3 para el personal laboral fijo previsto en el punto 2.2.3 de este anexo.
4.2.3 Fase de concurso. En esta fase se valorarán, mediante el certificado de
requisitos y méritos previsto en el punto 4.2.1 de este anexo, los siguientes méritos:
4.2.3.1

Personal funcionario de carrera.

a) Antigüedad. Se valorará la antigüedad del funcionario, hasta la fecha de
publicación de esta convocatoria, en agrupaciones profesionales de la Administración
General del Estado (cuerpos y escalas del antiguo grupo E de la Ley 30/1984, de 2 de
agosto), en agrupaciones profesionales postales y telegráficas y en agrupaciones
profesionales de las demás Administraciones incluidas en el artículo 2.1 del Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, a razón de 0,6 puntos por año completo de
servicios, hasta un máximo de 12 puntos.
b) Grado personal consolidado y formalizado en la Administración General del
Estado. Según el grado personal que se tenga consolidado el día de la publicación de
esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», siempre que esté formalizado en la
Administración General del Estado a través del acuerdo de reconocimiento de grado por
la autoridad competente hasta la fecha de finalización del plazo de presentación del
certificado de requisitos y méritos, se otorgará la siguiente puntuación:
Grados 10 e inferiores: 3 puntos.
Grados 11 a 13: 6 puntos.
Grados 14 o superiores: 9 puntos.

Niveles 12 e inferiores: 2 puntos.
Nivel 13: 7 puntos.
Niveles 14 o superiores: 12 puntos.
La valoración efectuada en este apartado no podrá ser modificada por posteriores
reclasificaciones de nivel, con independencia de la fecha de efectos.
A los funcionarios en comisión de servicios, se les valorará el nivel de complemento
de destino de su puesto de origen, y a los funcionarios en adscripción provisional se les
valorará el nivel correspondiente al grado que tengan consolidado en la Administración
General del Estado o, si no lo tuvieran, el nivel mínimo de las agrupaciones
profesionales.

cve: BOE-A-2021-8892
Verificable en https://www.boe.es

Se otorgarán 3 puntos a aquellos funcionarios que en la fecha de publicación de la
convocatoria no tengan ningún grado consolidado y formalizado en la Administración
General del Estado.
c) Trabajo desarrollado. Según el nivel de complemento de destino correspondiente
al puesto de trabajo que se ocupe con carácter definitivo en la Administración General
del Estado, en sus organismos autónomos y en sus agencias estatales el día de
publicación de esta convocatoria, como funcionario de una agrupación profesional
(cuerpos o escalas del antiguo grupo E), se otorgará la siguiente puntuación: