III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Comunidad de Castilla y León. Convenio. (BOE-A-2021-8918)
Resolución de 21 de mayo de 2021, del Instituto Cervantes, por la que se publica el Convenio con la Fundación Instituto Castellano y Leonés de la Lengua, para la organización de cursos de lengua y cultura en Burgos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 127

Viernes 28 de mayo de 2021

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semana independiente es de 15 alumnos y es potestad de las partes cancelar el curso
que no llegue a ese número mínimo.
Durante la vigencia del presente Convenio el ILCYL será responsable de la gestión
económica y matriculación de los cursos que se acuerde realizar, que se hará efectiva
mediante el ingreso en su cuenta corriente del correspondiente importe por parte de
dichos alumnos, según los medios indicados en la web del ILCYL.
Estos cursos se financiarán (honorarios, desplazamientos, alojamiento y
manutención de los ponentes, materiales, etc.) con los ingresos de las matrículas;
pudiendo anularse si no se llega al número mínimo de matriculados establecidos en la
presente cláusula que garantiza su viabilidad financiera.
Las actividades del presente Convenio no suponen aportación económica para el
Instituto Cervantes.
El ILCYL, tras finalizar los cursos, en el plazo acordado, transferirá al Instituto
Cervantes a la cuenta bancaria que le indique este, los fondos correspondientes al 15 %
del precio de las matrículas.
Asimismo, el ILCYL abonará directamente a los profesores de los cursos los
honorarios. Las cantidades brutas a abonar a los docentes, serán especificadas
anualmente.
El ILCYL se encarga, igualmente, de los gastos derivados de la celebración de las
actividades extracurriculares (ponentes para los talleres, excursiones, etc.) que se
programen en función del número de alumnos interesados. Los precios que deberán
abonar los alumnos interesados dependerán de la demanda existente para cada
actividad.
Las partes recomendarán a los alumnos que no compren los billetes de avión o de
otros medios de transporte para asistir al curso, hasta que hayan comprobado que su
matriculación ha sido validada y reciban confirmación por parte del ILCYL de la
celebración del curso. El Instituto Cervantes y el ILCYL no se harán responsables de los
gastos de anulación o cambios de billetes de avión u otros medios de transporte, por
motivos de la cancelación de alguno de los cursos, prevista en la presente cláusula. El
Instituto Cervantes y el ILCYL darán la difusión y publicidad suficiente a este aspecto,
para evitar posibles malentendidos.
Quinta.

Publicidad y difusión.

Sexta. Seguimiento del Convenio.
El seguimiento de la ejecución de lo establecido en el presente Convenio se realizará
mediante el intercambio de la información entre las partes o la elaboración de informes
de evaluación y de valoración de los resultados.
Cada parte designará al responsable del seguimiento del presente Convenio.

cve: BOE-A-2021-8918
Verificable en https://www.boe.es

El Instituto Cervantes y el ILCYL promoverán la divulgación de los cursos que se
lleven a cabo en ejecución del presente Convenio, y se comprometen a dar la máxima
difusión posible a través de sus canales habituales y, en especial, a través de Internet u
otros soportes electrónicos. En los soportes de publicidad y difusión del programa,
deberán aparecer las señas de identidad del Instituto Cervantes y del ILCYL de acuerdo
con sus respectivas normativas o manuales de imagen corporativa.
La autorización recíproca de las partes para la utilización de la imagen corporativa de
la otra se limita única y exclusivamente a los fines previstos en este Convenio y se
extinguirá automáticamente en el momento de terminación del mismo, cualquiera que
sea la causa. Esta autorización no supone la concesión a favor de ninguna de las dos
partes de ningún derecho, sea de la naturaleza que sea, sobre el logotipo ni sobre la
marca de la otra.