III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Comunidad Autónoma del País Vasco. Convenio. (BOE-A-2021-8928)
Resolución de 18 de mayo de 2021, del Instituto Geográfico Nacional, por la que se publica el Convenio entre el Consejo Superior Geográfico y la Comunidad Autónoma del País Vasco, por el que se integra en el Sistema Cartográfico Nacional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 127

Viernes 28 de mayo de 2021

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Séptimo.
Que, en consecuencia, es deseo de ambas partes suscribir un Convenio, en base a
lo establecido en el artículo 3, apartado 5 del Real Decreto 1545/2007, de 23 de
noviembre, por el que se regula el Sistema Cartográfico Nacional.
Y en su virtud, las partes formalizan el presente Convenio marco para la integración
de la Comunidad Autónoma del País Vasco en el Sistema Cartográfico Nacional y el
establecimiento de un espacio de colaboración en materia de información geográfica,
con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto y ámbito material del Convenio.

El objeto del presente Convenio es la integración efectiva de la Comunidad
Autónoma del País Vasco en el Sistema Cartográfico Nacional, según establece el Real
Decreto 1545/2007, de 23 de noviembre, por el que se regula el Sistema Cartográfico
Nacional y el establecimiento del conjunto de actuaciones de colaboración con el
Instituto Geográfico Nacional del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
para la producción actualización e intercambio de información geográfica en el ámbito de
la Comunidad Autónoma.
Segunda. Integración de la Comunidad Autónoma del País Vasco en el Sistema
Cartográfico Nacional.
Mediante la firma de este Convenio, la Comunidad Autónoma del País Vasco se
integra en el Sistema Cartográfico Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 3,
apartado 2.b) del Real Decreto 1545/2007 aceptando los contenidos del mismo que le
afecten, según establece el apartado 5 de dicho artículo.
Tercera.

Desarrollo del Convenio.

Las Partes colaborarán para el desarrollo del Sistema Cartográfico Nacional como
modelo de actuación en materia de información geográfica. Con este fin, se establece
mediante este Convenio, el ámbito genérico de colaboración en una serie de áreas de
trabajo Cada uno de los programas concretos de colaboración entre ambas requerirá la
elaboración de un Convenio específico en el que se determinarán los compromisos de
las partes, el programa de trabajo, los fines propuestos y los mecanismos necesarios
para su realización, así como los gastos que se puedan derivar de dichas actuaciones
Las propuestas de Convenios específicos serán estudiadas e informadas por la comisión
de seguimiento regulada en la cláusula quinta, antes de ser sometidas a la aprobación
de las instituciones firmantes.
La colaboración entre las Partes, se podrá traducir en:

– Garantizar la homogeneidad de la información producida por las Partes para
asegurar así su coherencia, continuidad e interoperabilidad.
– Favorecer la eficiencia en el gasto público destinado a cartografía y sistemas de
información geográfica, evitando la dispersión y duplicidad de los recursos públicos
utilizados y promoviendo la cooperación interinstitucional.
– Asegurar la disponibilidad pública y actualización de la información geográfica y
cartográfica.

cve: BOE-A-2021-8928
Verificable en https://www.boe.es

A. La realización conjunta de actividades en proyectos o actuaciones referidas al
ámbito territorial de la Comunidad Autónoma que sirvan a alguno de los siguientes
objetivos: