III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2021-8933)
Resolución de 18 de mayo de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el II Convenio colectivo del Grupo Envera.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 127
Viernes 28 de mayo de 2021
Disposición transitoria única.
Sec. III. Pág. 65101
Aplicación del SMI.
En aplicación de los Reales Decretos 1462/2018, de 21 de diciembre y 231/2020,
de 4 de febrero, durante la vigencia de este convenio se establece un complemento
personal compensable y absorbible para los casos en los que la cuantía del salario en su
conjunto y en cómputo anual fuera inferior al SMI del correspondiente año, de tal manera
que se garantice que el trabajador percibe, como mínimo, el SMI en los términos que
establecen los mencionados Reales Decretos.
Disposición final.
cve: BOE-A-2021-8933
Verificable en https://www.boe.es
Los efectos de este convenio entrarán en vigor a partir de su publicación en el BOE
salvo en los artículos donde expresamente se han acordado otras fechas.
Núm. 127
Viernes 28 de mayo de 2021
Disposición transitoria única.
Sec. III. Pág. 65101
Aplicación del SMI.
En aplicación de los Reales Decretos 1462/2018, de 21 de diciembre y 231/2020,
de 4 de febrero, durante la vigencia de este convenio se establece un complemento
personal compensable y absorbible para los casos en los que la cuantía del salario en su
conjunto y en cómputo anual fuera inferior al SMI del correspondiente año, de tal manera
que se garantice que el trabajador percibe, como mínimo, el SMI en los términos que
establecen los mencionados Reales Decretos.
Disposición final.
cve: BOE-A-2021-8933
Verificable en https://www.boe.es
Los efectos de este convenio entrarán en vigor a partir de su publicación en el BOE
salvo en los artículos donde expresamente se han acordado otras fechas.