III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2021-8933)
Resolución de 18 de mayo de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el II Convenio colectivo del Grupo Envera.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 127

Viernes 28 de mayo de 2021

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
8933

Resolución de 18 de mayo de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por
la que se registra y publica el II Convenio colectivo del Grupo Envera.

Visto el texto del II Convenio colectivo del Grupo de empresas ENVERA (Envera
Empleo, S.L.U. y Envera Asociación de Empleados de Iberia Padres de Personas con
Discapacidad) –Código de convenio n.º 90100263012015–, que fue suscrito, con
fecha 24 de febrero de 2021, de una parte por los designados por la Dirección de dicho
grupo de empresas, en representación de las mismas, y de otra por las organizaciones
sindicales CC.OO., UGT y USO, en representación de los trabajadores afectados, y de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de
los Trabajadores, Texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23
de octubre (BOE de 24 de octubre), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo,
sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción del citado Convenio colectivo, en el correspondiente Registro
de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios
electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 18 de mayo de 2021.–La Directora General de Trabajo, Verónica Martínez
Barbero.
II CONVENIO COLECTIVO DEL GRUPO DE EMPRESAS Y ENTIDADES DE LA
ASOCIACIÓN DE EMPLEADOS DE IBERIA PADRES DE PERSONAS CON
DISCAPACIDAD
CAPÍTULO I
Ámbito de aplicación, vigencia, condiciones generales y comisión mixta
Artículo 1. Ámbito Territorial.
El ámbito de aplicación del presente convenio alcanza a todo el territorio del Estado
español.
Ámbito Funcional.

Funcionalmente las normas del presente convenio serán de aplicación a todos los
centros de trabajo del Grupo de Empresas ENVERA (en lo sucesivo grupo ENVERA),
integrado en la actualidad por ENVERA EMPLEO SLU y ENVERA-Asociación de
Empleados de Iberia Padres de Personas con Discapacidad,
Así mismo, serán de aplicación las normas del presente convenio a todos aquellos
centros que cualquiera de las empresas integrantes del grupo establezcan en el futuro,
así como a las empresas que vengan a integrarse en el grupo ENVERA en un futuro.

cve: BOE-A-2021-8933
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 2.