I. Disposiciones generales. JEFATURA DEL ESTADO. Medidas urgentes. (BOE-A-2021-8877)
Real Decreto-ley 11/2021, de 27 de mayo, sobre medidas urgentes para la defensa del empleo, la reactivación económica y la protección de los trabajadores autónomos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 127

Viernes 28 de mayo de 2021

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I. DISPOSICIONES GENERALES

JEFATURA DEL ESTADO
8877

Real Decreto-ley 11/2021, de 27 de mayo, sobre medidas urgentes para la
defensa del empleo, la reactivación económica y la protección de los
trabajadores autónomos.

La persistencia de los efectos negativos sobre las empresas y el empleo de la situación
de emergencia sanitaria causada por el SARS-CoV-2, así como el mantenimiento de cierta
dosis de incertidumbre sobre la plena capacidad de recuperación y el restablecimiento de
la actividad empresarial, que en estos momentos se presume asimétrica y sectorizada,
exige mantener las medidas excepcionales previstas en las diferentes normas adoptadas
desde el comienzo de la crisis sanitaria, todo ello sin perjuicio de la previsible y paulatina
normalización de la situación sanitaria.
Asimismo y, pese a la finalización, el pasado día 9 de mayo, del estado de alarma
establecido por el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado
de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2, las
autoridades sanitarias disponen de competencias para adoptar medidas excepcionales a fin
de prevenir, contener y mitigar la crisis sanitaria derivada de la pandemia originada por el
SARS-CoV-2, previstas en la legislación ordinaria, con el fin de impulsar el desarrollo
normalizado de la actividad empresarial.
La buena marcha del proceso de vacunación y las señales positivas que arrojan los
indicadores macroeconómicos sitúan a la economía española en una fase de transición
dentro del proceso de recuperación. En efecto, la evolución contenida de la incidencia se
ha traducido en una disminución progresiva de las restricciones a la movilidad y a la
actividad por parte de las comunidades autónomas.
En esta nueva fase, los incentivos planteados por las políticas públicas deberán
acompañar la recuperación, contribuyendo a la reactivación del mercado laboral,
minimizando el daño estructural provocado por la pandemia y permitiendo así alcanzar los
niveles de actividad económica previos al estallido de la crisis del virus del SARS-CoV-2.
Por otra parte, el pasado día 27 de enero de 2021, se publicó en el «Boletín Oficial del
Estado» el Real Decreto-ley 2/2021, de 26 de enero, de refuerzo y consolidación de
medidas sociales en defensa del empleo, norma cuyo título I contenía el IV Acuerdo Social
en Defensa del Empleo (IV ASDE), alcanzado en el seno de la Comisión de Seguimiento
tripartita laboral integrada por el Ministerio de Trabajo y Economía Social, el Ministerio de
Inclusión, Seguridad Social y Migraciones y los agentes sociales.
Todas las medidas adoptadas en el mismo, con especial referencia a los expedientes
temporales de regulación de empleo, así como el conjunto de medidas sociales y
complementarias que los acompañan, han demostrado su eficacia y efectos favorables, en
pro de la preservación del tejido empresarial y de la protección de las personas trabajadoras,
a través de la mejora de las condiciones prestacionales reguladas por la legislación
ordinaria y, sobre todo, a través de impulsar el mantenimiento del empleo, incluyendo el
empleo temporal, que, de otra manera, se hubiesen traducido en una reducción persistente
del empleo de difícil recuperación.
Así, las organizaciones sindicales UGT y CC.OO., las patronales CEOE y CEPYME, el
Ministerio de Trabajo y Economía Social y el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y
Migraciones, se han venido reuniendo de nuevo en torno a la Comisión de Seguimiento
tripartita laboral, con el objetivo de valorar la necesidad de adoptar o, en su caso, prorrogar,
las medidas de defensa del empleo, en aras de continuar haciendo frente a la situación de
crisis derivada del impacto del virus del SARS-CoV-2.

cve: BOE-A-2021-8877
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